La responsabilidad del Senado

El Senado de la República tiene hoy la histórica responsabilidad de abordar el estudio de la Ley de Defensa de la Salud Reproductiva. El proyecto fue aprobado en la Cámara baja y es la rama alta del Parlamento la que deberá pronunciarse sobre el delicado asunto.

Desde estas páginas nos hemos ocupado reiteradamente del tema, pero la circunstancia de que el Senado esté citado para hoy a efectos de discutir la norma nos obliga a volver sobre el problema.

Como dijimos la semana pasada, esta ley –mal llamada de legalización del aborto– abarca toda la problemática referida a la sexualidad: educación sexual, planificación familiar, prevención de enfermedades de transmisión sexual, anticoncepción, etcétera; e introduce la posibilidad de que la mujer (o la pareja) que por la razón que sea ha decidido interrumpir un embarazo pueda hacerlo con la conveniente asistencia médica y psicológica, con las mayores garantías, en igualdad de condiciones no importa el estrato social a que pertenezca, y sin que ello signifique la comisión de un delito.

«Como se advierte, no se trata de una ley que meramente despenalice el aborto, sino que permite que se llegue a ese extremo cuando se han agotado las instancias anteriores y cuando responsablemente una mujer ha resuelto interrumpir su embarazo siempre que la intervención quirúrgica se practique dentro de las doce semanas de gestación y no más allá de ese plazo», decíamos en nota editorial la semana pasada.

De acuerdo con cálculos estadísticos, en nuestro país se practican, grosso modo, 33 mil abortos por año (todos ellos clandestinos o ilegales, obviamente), lo cual demuestra que, a pesar de la prohibición legal y de la pena prevista, la práctica del aborto no ha disminuido. A lo que apunta la Ley de Defensa de la Salud Reproductiva es a enfrentar una realidad que arrolla las disposiciones legales y a mitigar los efectos de una penalización inoperante.

Quienes se oponen a la norma en discusión esgrimen argumentos atendibles de diversa índole (jurídicos, religiosos, biológicos) pero soslayan las consecuencias dolorosas de la incriminación de la práctica del aborto: los efectos psicológicos que sufre una mujer obligada a ser madre a su pesar, y los que deberá padecer un hijo no deseado; sin hablar de las muertes de mujeres como consecuencia de abortos realizados en condiciones sanitarias insuficientes o por falta de pericia de quien lo practica.

Se arguye también (ver editorial de El Observador de ayer, 12 de abril) que son pocas las mujeres que mueren como consecuencia de abortos (un promedio de una y fracción por año) y que por tanto una estadística tan baja no justifica la despenalización. Tal razonamiento resulta falso y repugnante. En primer lugar, porque mantener el statu quo –la incriminación del aborto– no garantiza en absoluto que el aborto sea erradicado (los 33 mil abortos anuales lo demuestran). Y en segundo lugar, porque exhibe un profundo desprecio por la vida de la mujer que desea interrumpir su embarazo: no importa sin son diez, cinco o una y media por año las mujeres que pierden la vida por practicarse abortos en pésimas condiciones higiénicas; lo que cuenta es que la penalización vigente condena a toda mujer, pero especialmente a la de clase baja, a correr un riesgo cierto de muerte.

Esperamos que los señores senadores actúen con responsabilidad y coraje; que dejen de lado prejuicios absurdos e inhumanos, y que den un paso trascendente contra la hipocresía. *

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje