Los intereses de los préstamos al consumo

Con un gran despliegue publicitario algunas tarjetas de crédito nos anunciaron que han rebajado los intereses de sus préstamos a la mitad. A continuación –y con letra más chiquita– nos dicen que esa rebaja rige solamente para las financiaciones de compras realizadas con tarjetas, no así para los préstamos en efectivo.

A partir de esto se me ocurre compartir con usted algunas consideraciones:

1) El anuncio se produce luego de una intensa campaña ciudadana de protesta contra los intereses de usura y la falta de transparencia en el cálculo de los mismos en los préstamos al consumo. Recuerde usted que en la legislatura anterior se discutió mucho al respecto, aunque el resultado fue nulo, merced al gran entrevero a que fue sometido el asunto. Desde este punto de vista, puede celebrarse la resolución adoptada, como un triunfo o un alivio para los bolsillos de los usuarios.

2) Cabe preguntarse, sin embargo, por qué se toma esa decisión tan drástica (rebajar los intereses a la mitad de un día para el otro). ¿No se dieron cuenta antes, que si la inflación fue bajando paulatinamente a lo largo de cinco años, los intereses inamovibles en ese período fueron crecientemente usurarios? También cabe preguntarse si –aun admitiendo que fueran compatibles intereses del ciento veinte por ciento anual con inflación del cuarenta y cinco por ciento– pueden admitirse tasas del sesenta por ciento anual con inflación del seis por ciento. Porque, y es bueno saberlo, la tasa de interés no se puede analizar independiente en sus guarismos, sino vinculada con la pérdida de poder adquisitivo de la moneda en el período del préstamo.

3) ¿Tendrá que ver esta resolución de rebaja tajante en las tasas con que dentro de un mes comienza a funcionar la ley de protección al consumidor y son incalculables los reclamos a que pueden estar sometidos los prestamistas al consumo?

Y queda, todavía, el rabo por desollar. Me refiero a lo que hace referencia con que la mencionada rebaja rige únicamente para las financiaciones de las compras con tarjeta. ¿Por qué? Pues porque en esas financiaciones es donde más se distorsiona la tasa real del préstamo. Veamos:

Cuando usted compra con la tarjeta, el comerciante que le vende sabe que cobrará su compra dentro de cuarenta y cinco días sufriendo un diez por ciento de descuento (hay excepciones en el porcentaje de descuento en el caso de empresas de grandes superficies). Por lo tanto, mientras que a usted –cuando solicita el financiamiento– le estarán cobrando intereses desde el mismo día de la compra, el financiador entregará el noventa por ciento del importe del crédito un mes y medio después. ¿Me explico? A usted le cobran intereses por una suma que nunca prestarán y por un período superior al del préstamo. Claro: usted me puede decir que eso no es asunto suyo, dado que usted se compró el sobretodo en tal precio, tal día y por lo tanto su tiempo y monto de financiación son correctos. Yo discrepo con ese presunto razonamiento suyo. Porque es necesario considerar que los comerciantes han tenido en cuenta la posibilidad de que usted compre con tarjeta y, cubriéndose, aumentan los precios de vidriera un diez por ciento. A tal extremo es cierto esto, que usted sabe que en múltiples comercios, si usted paga en efectivo, le conceden graciosamente un diez por ciento de descuento (lo que no se llevan las tarjetas).

En muchos países las comisiones máximas que pueden cobrar las tarjetas están reguladas. Y en algunos que no lo están han sido acordadas –luego de una sensible rebaja– al cabo de un duro enfrentamiento entre comerciantes minoristas y emisores de tarjetas.

O sea que todavía queda mucho por hacer para combatir la usura y la inflación.

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