Desde que en 1985 el paÃs recuperó su normalidad institucional y la plena vigencia de la Constitución y las leyes, todos suponÃamos que los detenidos desaparecidos habÃan sucumbido a manos de los esbirros que los martirizaron, los mataron y los hicieron desaparecer.
Desde entonces –e incluso desde antes– tanto los familiares de las vÃctimas como los militantes de DDHH no tenÃan esperanzas de encontrar con vida a los opositores a la dictadura.
Cuando se reclama por ellos, el fin que se persigue es que se sepa la verdad de lo ocurrido, es decir que se identifique a los responsables –que los esbirros y sus cómplices reconozcan su responsabilidad– que se diga cómo, cuándo y dónde se consumaron las atroces violaciones a los derechos humanos y que se conozca el lugar en que fueron enterrados o el destino final de sus restos.
Todo esto viene a cuento en razón del decreto emitido por el Poder Ejecutivo por el que hace suyas las conclusiones de la Comisión para la Paz y declara oficialmente fallecidos a los desaparecidos. En esa norma pretende basarse el abogado defensor de Juan Carlos Blanco para lograr que el delito permanente de privación de libertad por el que fue procesado el ex canciller en calidad de cómplice quede definitivamente extinguido.
En efecto, los magistrados actuantes –el doctor Cavalli de primera instancia y los ministros del Tribunal de Apelaciones que confirmaron el fallo de aquél– argumentan que no se han presentado pruebas del fallecimiento de Elena Quinteros, por lo que la privación de libertad sigue cometiéndose. La defensa de Blanco –y muchos dirigentes polÃticos– esgrimen ahora este decreto presidencial para obtener una revisión del fallo judicial y lograr la libertad del dirigente colorado.
Resulta sorprendente este súbito prestigio de una norma que, como es el caso de un decreto del Poder Ejecutivo, no puede en modo alguno situarse por encima de las leyes –normas emanadas del Poder Legislativo– ni menos de la Constitución. La jerarquÃa del orden jurÃdico (Constitución, Ley, decreto, reglamento, resolución) es uno de los principios elementales que están en el abc del estudio del derecho que cualquier bachiller aprende en el aula y cuyo desconocimiento puede costarle un examen.
No se entiende, pues, cómo un decreto –tercero en el orden jarárquico– podrÃa modificar normas procesales de rango superior.
Para que un tribunal de justicia admita que alguien considerado como detenido-desaparecido está efectivamente muerto, debe contar con pruebas concretas y precisas bien determinadas por la ley y no fundamentar una presunción sobre un decreto que responde a claras intenciones polÃticas y al propósito de salvar a un correligionario.
El dÃa que un funcionario castrense se disponga a sincerarse y a admitir públicamente la responsabilidad suya o de otros colegas y responda a las preguntas de quién, cuándo, cómo y dónde se martirizó a Elena Quinteros, se la asesinó y se hizo desaparecer su cuerpo, se podrá sostener que la maestra ha fallecido.
Sólo asÃ, podrá la Justicia aceptar la tesis de la defensa y liberar a Juan Carlos Blanco. *
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