Argentina: las AFJP en tela de juicio

A nivel subregional, en Argentina, el gobierno de transición de Duhalde apoya el llamado de su secretario de Seguridad Social, Alfredo Conte-Grand, ex especialista en el tema de OIT (un amigo de los uruguayos), hacia una re – reforma del régimen vigente tipo AFAP (allá llamadas AFJP), convocando al amplio sector social, institucional y político en agosto de 2002, a conformar una Comisión Especial de Reforma del Régimen Previsional con el objetivo de la «reforma indispensable del régimen previsional nacional» ante una «situación, que nadie duda debe revertirse antes que se torne más crítica». El mejor alumno del modelo neoliberal expone su fracaso rotundo.

Nos parece sumamente importante este hecho. Es el primer país donde se impuso el modelo de AFAP que formalmente se propone su revisión. Es un hecho histórico, una experiencia a evaluar detenidamente, más allá de cuáles sean los resultados finales, aún indefinidos en algunos aspectos, pero donde claramente se destaca que el modelo fracasó en aspectos sustanciales. Recordemos que los sistemas tipo AFAP sólo existen en 11 países de América Latina y en 2 o 3 de la Europa del Este, ex «socialista».

El documento de convocatoria de la Secretaría de Seguridad Social, menciona cuatro razones para la re – reforma: la carga financiera que implica para el Estado, la evidente baja respuesta de los beneficiarios, la situación extremadamente preocupante de la cobertura, y los cambios en morbi-natalidad, demografía, tendencia a la urbanización y asentamientos, estilos de vida, participación mayor de la mujer en el mercado de trabajo, informalidad, tercerización, subcontratación, flexibilidad laboral, migraciones internas y externas.

Se destaca asimismo que los regímenes de AFJP no mejoraron la cobertura y que la administración pública y privada han mostrado logros y fracasos. Se propone como ideas lograr una seguridad social más solidaria, universal, equitativa y balanceada, considerando una relación más estrecha entre aportes y prestaciones así como componentes de redistribución y asistenciales. Se propone darle también un espacio al sector privado.

Al iniciarse el proceso de discusión al instalarse la comisión luego del decreto presidencial, la ministra de Trabajo Camaño aseguró que la reforma previsional «es una razón de Estado» para el actual gobierno, y exhortó a los expertos a que «debatan sin preconceptos, porque es necesario plantear con urgencia la discusión de fondo que nos permita extender la cobertura a quienes están excluidos del sistema y darle a más argentinos la posibilidad de que sepan con qué van a contar cuando finalicen su vida laboral».

La Comisión está compuesta por 14 especialistas en seguridad social, quienes tienen a su cargo la elaboración de las bases y lineamientos para una reforma integral del régimen previsional para que «cumpla con la finalidad de la cobertura personal y de las contingencias de vejez, invalidez y sobrevivencia», según puntualiza el decreto presidencial. Se establece además que la Reforma Previsional «deberá garantizar la protección social contra las contingencias que afectan la seguridad familiar, la capacidad de trabajo y el retiro decoroso». La normativa, se destacó, estará orientada «a contar con un sistema de protección integral que garantice una mayor cobertura y satisfacción de la población, preserve el carácter público del sistema y que permita el desarrollo armónico de la libertad individual y colectiva».

Una vez que los expertos concluyan con el Acuerdo inicialmente firmado el 19/12/2002, el Ministerio comenzará una ronda de consultas con los sectores interesados, actores políticos, partidos con representación parlamentaria y candidatos en campaña, para lograr un consenso general que permite la rápida puesta en marcha de la reforma propuesta.

Las Bases de Acuerdo alcanzadas en diciembre, junto a notorios progresos inspirados en los principios de la seguridad social pública y solidaria, mantienen indefiniciones respecto a la capitalización individual y participación del sector privado lucrativo en pensiones:

«Componente de Contribuciones Definidas

Este componente será de contribución definida de acuerdo con las regulaciones que se establezcan y otorgará prestaciones que complementan la prestación básica otorgada por el régimen de reparto.

Este componente estará administrado por entidades con o sin fines de lucro, las que estarán sometidas a los mismos controles y regulaciones.

Se promoverá la diversificación de la cartera de inversiones de los Fondos, reduciendo, a mediano y largo plazo, la concentración en títulos públicos.

En relación con la línea divisoria entre el Régimen Básico (nota de redacción: público solidario de prestaciones definidas) y el de Contribuciones Definidas existieron largas discusiones y se verificaron dos posiciones que se pueden resumir de la siguiente forma:

Por un lado se propuso que continuara la posibilidad de opción por parte de los afiliados entre el subsistema de reparto y el de capitalización en términos similares a los vigentes, dentro de un esquema de libertad.

Por otro lado se propuso un cambio consistente en dividir el régimen básico del de contribuciones definidas, eliminando las opciones, por medio de una línea de nivel de salarios por debajo de la cual se aportaría al básico y por encima al de contribuciones definidas o redistribuyendo el aporte entre los dos subsistemas

Estas alternativas tendrán que seguir siendo objeto de discusiones en las etapas posteriores de este proceso.»

Pese a los altos consensos logrados, también es cierto que los representantes de las AFJP, de los empresarios y de la central sindical CTA, no han firmado aún el mismo.

También es importante considerar qué puede pasar con las próximas elecciones argentinas: si se impone un candidato de los sectores progresistas con visión de protección social o el menemismo, claramente identificado con las AFJP. *

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