Si los ministros de la mayorÃa de la Corte Electoral hubieran querido evidenciar ante la opinión pública la necesidad de rever la integración del organismo, no podrÃan haberlo hecho mejor. Ni en momento más oportuno.
Las decisiones adoptadas en los últimos dÃas Âque reinciden en una actitud iniciada en el mes de agosto pasado ponen de manifiesto la voluntad de los ministros blancos y colorados en el sentido de poner la mayor cantidad de obstáculos posibles para la realización de una consulta popular sobre la Ley 17.448 que abre el camino para la privatización de Ancap.
El descarte o anulación de las firmas que aparecen en papeletas enmendadas y de aquellas en las que los datos identificatorios aparecen escritos con otra tinta, en función de una decisión administrativa adoptada varios meses después de iniciada formalmente la campaña y cuando ya se habÃan recogido buena parte de las firmas, apunta en ese sentido.
A esto se agrega el tratamiento de la cuestión de la depuración del padrón.
Por mayorÃa, con el voto en contra de Wilfredo Penco y Washington Salvo, blancos y colorados decidieron el pasado jueves que, a efectos de calcular el número de firmas exigido por la norma, se tomarÃa el padrón sin depurar, es decir sin retirar del padrón a los ciudadanos fallecidos después que se inició la campaña.
De este modo, alrededor de 20.167 personas muertas durante ese perÃodo estarán en los hechos pesando contra la iniciativa, ya que, en los plazos establecidos, que vencieron el dÃa 4 de enero de 2003, el 25 por ciento de esa masa ciudadana, lo requerido por la Constitución, no pudo expresarse. Por razones bien fundadas por cierto.
Llevando el número de los habilitados para votar, incorrectamente inflado con el de los ciudadanos fallecidos, a 2:429.201, el veinticinco por ciento se eleva, también en forma ilegal, a 607.300 adhesiones en lugar de las alrededor de 602 mil que resultarÃan de un registro electoral debidamente depurado.
Resulta entonces por demás evidente que la mayorÃa de la Corte usa y abusa de las prerrogativas que la Constitución le otorga. Y lo hace no para actuar en consonancia con el espÃritu de la Carta, que establece para la nación el recurso de la democracia directa, sino para ponerle trabas.
Al asumir la actitud de bloquear las posibilidades de participación ciudadana se comete no solo un grave error polÃtico con relación al plebiscito por Ancap.
También se está fortaleciendo la convicción de que, con su composición actual, la Corte Electoral no puede ser depositaria de la confianza de la ciudadanÃa.
La Constitución de la República no establece para las decisiones de la Corte ninguna instancia ante la que recurrir sus resoluciones. Su palabra es la última en la resolución de este tipo de diferendos. De ahà la extrema delicadeza de la función que asumen los ministros.
La importancia de la ley impugnada y, sobre todo, el perÃodo de tiempo en el que el debate público sobre la ley se desarrollarÃa de habilitarse el recurso, ya en los umbrales de la campaña electoral de 2004, han hecho de esta movilización cÃvica una cuestión llamada a tener amplia resonancia nacional.
Apostar a bloquear ese debate, como hace la mayorÃa de la Corte Electoral, no puede sino ser interpretado como una total ausencia de autonomÃa con relación a los intereses polÃticos de los partidos de gobierno.
La mayorÃa de la Corte Electoral parece estar demostrando, de manera casi inmejorable, todos los riesgos que a la democracia uruguaya le hace esta composición y estos criterios de trabajo de la máxima autoridad electoral del paÃs. *
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