Requisitos para ferias y remates
La Dirección General de Servicios Ganaderos dio a conocer en las últimas horas la reglamentación aprobada el viernes pasado, que fuera firmada por el Dr. Julio Barozzi, para la realización de ferias y remates.
La misma comenzará a regir a partir del 6 de agosto en todo el país. Los requisitos para la realización de los remates feria serán los siguientes:
A) Los animales a subastarse deberán tener más de quince (15) días de revacunados.
B) Los rematadores o escritorios rurales deberán presentar en la oficina de los Servicios Ganaderos zonales y locales, con cinco (5) días de anticipación la nómina de productores y número de Dicose de las inscripciones para la feria.
C) Se podrán extraer animales de los establecimientos libres de focos que tengan más de sesenta (60) días del último animal enfermo.
D) Se podrá extraer animales de predios linderos y traslinderos de focos cuando hallan transcurrido más de treinta (30) días del último animal enfermo del foco.
E) Las extracciones deberán ser previamente certificadas por un médico veterinario del ejercicio liberal inscripto en la División de Sanidad Animal, acreditando el estado sanitario de esos animales y refrendado por los servicios oficiales.
F) Los animales serán transportados por camiones lavados y desinfectados previamente.
G) Cuando en los casos excepcionales los traslados deben realizarse por tropa, estos serán autorizados previamente por los servicios ganaderos locales y zonales.
H) No se autorizarán ferias en locales que se encuentren a menos de diez (10) kilómetros de un establecimiento donde halla existido animal enfermo de un foco de fiebre aftosa en los últimos treinta días.
I) No se autoriza el ingreso de animales a los locales feria que no cumplan estrictamente con esta resolución. *
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