Protección de los consumidores
Esta tarea, antes repartida entre diversos organismos de regulación, es confiada a uno nuevo, la Oficina de Protección Financiera de los Consumidores, alojada en el seno de la Reserva Federal (banco central, Fed), pero con un director independiente nombrado por el presidente y confirmado por el Senado.
Este organismo es el encargado de definir las reglas que se aplican a la mayoría de los productos financieros de consumo corriente (préstamos inmobiliarios, tarjetas de créditos, préstamos estudiantiles, etc.)
Prevención de riesgo sistémico.
Creación del Consejo de vigilancia de la estabilidad financiera, que reúne representantes del gobierno y de los principales reguladores. Esta nueva instancia estará encargada de prever los riesgos en el conjunto del sistema y coordinar las acciones para evitarlos.
Fin de los rescates estatales.
La ley afirma que no se podrá apelar al dinero de los contribuyentes para salvar empresas financieras en dificultades o pagar el costo de su desmantelamiento.
Reglamentación de productos derivados
Obligación de intercambiar todos los productos derivados normalizados por medio de una cámara de compensación, lo que permitirá darle transparencia al mercado y facilitar su regulación.
Los grandes bancos podrán intercambiar productos derivados sólo para prevenirse contra algunos riesgos o si se trata de contratos de cobertura contra el riesgo de tasa de interés o tasa de cambio. Los bancos deberán escindirse luego de dos años de actividades relativas a otro tipo de derivados, como los contratos contra el riesgo de deuda del país o de las empresas. Esta cláusula deriva directamente de la crisis financiera de otoño (boreal) de 2008, tras la utilización a ultranza de los productos derivados que llevaron a varios bancos a la quiebra.
Fondos especulativos
La ley impone que estén sometidos al regulador bursátil, SEC, si administran fondos superiores a 150 millones de dólares.
Estos fondos especulativos («hedge funds») manejaban miles de millones de dólares hasta ahora, aunque sin un verdadero control, con el riesgo de desestabilizar al conjunto del sistema financiero cuando se encontraban en peligro.
Titularización
Obligación para los emisores que practican la titularización de préstamos (transformación de préstamos en títulos financieros) de retener una parte del riesgo ligado a los mismos (al menos 5%).
La titularización consiste en transformar los préstamos en títulos financieros fácilmente negociables. La acción masiva sobre los préstamos inmobiliarios fue una de las causas de la crisis financiera de otoño de 2008.
La ley obliga a los emisores a brindar más información sobre sus productos.
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