El ALCA autorizará a que empresas extranjeras demanden a los Estados
La información se conoció mientras en Quebec (Canadá) se realiza la Cumbre de las Américas, ocasión en que 34 presidentes discuten la conformación del tratado de libre comercio.
En Uruguay, el Centro Latino Americano de Ecología Social (CLAES) manifestó que posee un documento reservado del Grupo de Negociación de Inversiones del ALCA, donde se fijan pautas sobre las condiciones para las empresas que deseen instalarse en cualquier país que integre el tratado.
El énfasis del borrador, está en asegurar condiciones para la inversión extranjera y para las actividades de empresas extranjeras.
Se enfatiza la libre transferencia de inversiones y ganancias, donde si bien hay al menos cinco versiones diferentes del artículo sobre este tema, todas apuntan a asegurar esa liberalización sin restricciones sobre ella.
Según explica el Claes «la ausencia de propuestas sustantivas sobre regulaciones al flujo de capitales contradice las posiciones de las ONGs, que buscan atender aspectos laborales, sociales o ambientales, se opone al movimiento para implantar tasas como la Tobin, e incluso se contrapone a las posiciones del presidente de Brasil, F.H. Cardoso expuesta en la Cumbre Sudamericana (2000), donde se cuestionaba la ausencia de regulaciones y el encadenamiento de crisis financieras de un país a otro».
El ALCA pretende que las regulaciones de las inversiones, trato nacional y disputas entre empresas y Estados sean similares a las del Nafta (Acuerdo de Libre Comercio de América del Norte).
Esto supone que las empresas nacionales y extranjeras pueden demandar a los Estados, pueden invocar la pérdida de posibles ganancias futuras como expropiaciones o nacionalizaciones indebidas, y se establece un mecanismo de disputa y arbitraje. A las organizaciones ciudadanas no se les reconocen esas capacidades.
Como un ejemplo sobre lo que significa esa situación se recordó que en un hecho sin precedentes, un tribunal internacional resolvió que México violó el Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (TLC o Nafta), ordenando a ese gobierno a pagar 16,7 millones de dólares a una compañía de los Estados Unidos, por la violación al capítulo 11 del acuerdo del Nafta sobre inversiones.
La resolución indica que México violó ese acuerdo al impedir que la empresa de California Metalclad Corp, abriera una planta de tratamiento de residuos tóxicos en San Luis de Potosí, debido a sus impactos ambientales. La empresa consideró que esa medida equivalía a una expropiación de sus futuras ganancias comerciales, calculadas en 90 millones de dólares. La resolución se dio a conocer en agosto de 2000 por el Centro Internacional de Arbitraje de Disputas en Inversiones, una entidad que es parte del Banco Mundial. Otorgó al gobierno de México 45 días para el pago de los 16,7 millones, y tras ese período se sumará una tasa de interés del 6%.
El borrador del capítulo de inversiones del ALCA también plantea una reducción o anulación de la posibilidad de los Estados de imponer mecanismos de control sobre las inversiones atendiendo a cuestiones sociales o ambientales.
Propuestas de artículos sobre requerimientos en las performances condicionan la posibilidad de exigir cierta tecnología, procesos de producción o conocimiento con fines de atender la salud, la seguridad o el ambiente, a las propias condiciones de libertad de inversión.
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