Normativa. Es aplicada por el Area de Defensa del Consumidor

Registro obligatorio por el "crédito de la casa"

El crédito de la casa era algo tradicional, especialmente hasta mediados de los 90, cuando comenzó la actividad más fuerte de las tarjetas de crédito.

Este crédito es brindado por el comercio que realiza la venta de un bien o servicio y su registro es debido a que debe de cumplir con normas del Banco Central, las cuales refieren, en especial, a los límites en las tasas de interés.

En el informe del MEF se puede observar que hay comercios de Montevideo (Carlos Gutiérrez, Cooperativa Bancaria, Fivisa, Teleshopping, Mundo Mac, entre otros), y también los hay del Interior, en especial de Salto, Paysandú, San José, Maldonado y Colonia.

 

Antecedentes y multas

Los antecedentes de este registro obligatorio parten de la Ley 18.212 de 2007 , en la que se buscaba regular las operaciones de crédito o similares y fijar los procedimientos de cálculo de intereses y usura, así como las sanciones correspondientes por incumplimiento.

En la reglamentación se establece que «el agente supervisado que, a requerimiento del Area de Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, incumpla con su obligación de informar sobre las tasas de interés implícitas pactadas en operaciones crediticias no controladas por el Banco Central del Uruguay, incluídas las de prestamistas y comisionistas, será pasible de una multa de cinco unidades reajustables por cada día de atraso».

En setiembre de este año se emitió una resolución de la Dirección General de Comercio, por la que se determinó que las empresas obligadas a registrarse, que otorguen el crédito de la casa, son quienes tengan como personal ocupado menos de 10 dependientes. Se entiende por personal ocupado tanto a aquellas personas empleadas en la empresa como a sus titulares. Las ventas anuales de estas empresas (excluído el IVA) deben superar las 5 millones de Unidades Indexadas (unos 10 millones de pesos) y que financien por sí misma las ventas de sus propios bienes o servicios en el marco de las relaciones de consumo.

En la misma resolución se creó el Registro de Empresas con Crédito de la Casa) y se fijó en 60 días desde esta resolución el plazo para que los afectados se inscribieran, por lo cual dicho plazo venció el pasado 16 de noviembre, aunque a través de la página web del Area de Defensa de Consumidor las empresas se pueden seguir inscribiendo.

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