Fitosanitarios y campaña de Margarita de Piria 2008

La Dirección General de los Servicios Agrícolas, recordó, mediante un comunicado que está en vigencia la reglamentación que obliga a que todo equipo de aplicación terrestre de productos fitosanitarios deberá estar en buenas condiciones de funcionamiento y que en caso de circular por la vía pública deberán hacerlo con el tanque de la máquina aplicadora vacío y descontaminado de residuos de productos fitosanitarios.

El comunicado oficial surge como consecuencia de la preocupación ante la campaña para control «Margarita de Piria», maleza que, por Decreto del 30/06/04 de la Presidencia de la República, fue declarada «plaga nacional de la agricultura». La misma norma establece que la «Dirección General de Servicios Agrícolas, determinará las zonas definidas de control, las metodologías a utilizar. El control sobre la plaga que se ha extendido en los caminos y tierras del país comprende la obligación de combatirla, en predios privados, fiscales y zonas francas.

La Dirección de Servicios Agrícolas aclara que puede actuar y aplicar sanciones ante el no cumplimiento de lo establecido. La Digegra contemplará las acciones responsables de productores y de empresas tanto públicas como privadas en las zonas de control, las que al momento del control de «Margarita de Piria» se vean en la necesidad de aplicar fitosanitarios o transitar por la vía pública con sus respectivos equipos de aplicación con productos en las tolvas de las mismas.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje