Cuestionamiento. Se indica que se quiso utilizar a la DGI

"Campaña por juicio desfavorable"

La historia se remonta a pocos años atrás cuando Uruguay fue condenado a pagar en 2004, US$ 100 millones (más intereses y honorarios) que era con lo que los bancos internacionales habían capitalizado al Comercial antes de quebrar. En medio de la corrida de 2002 los bancos aceptaron capitalizar al Comercial, con la condición de que si quebraba se les tenía que devolver ese dinero.

En ese acuerdo era donde se establecía que ante cualquier diferencia, se debían someter las mismas ante el Tribunal Arbitral. Al día de hoy aún se deben esos 100 millones de dólares más intereses que totalizan US$ 140 millones.

El vicepresidente del Banco Central en aquella época, Miguel Vieytes, señalaba en febrero de 2005 que San Luis Financial era una sociedad que operaba, de origen panameño, pero que operaba en el mercado uruguayo y, amén de no tener presencia en el Registro Unico de Contribuyentes, no obstante practicar una actividad comercial. Es por eso que se le acusaba de evasión fiscal. Pero el tema central era que San Luis Financial era propiedad de JP Morgan, Dresdner Bank y Crédit Suisse. En aquel momento se señaló que la evasión fiscal era de US$ 40 millones, según los cálculos de la DGI. San Luis Financial operaba en Uruguay desde el año 90, cuando fue adquirido el Banco Comercial. Es una sociedad que ya existía y operaba en Argentina, también bajo la misma participación accionaria, o de socios, que eran los hermanos Röhm y los tres bancos internacionales.

Pero el tema siguió. Asumido el nuevo gobierno el 14 de agosto de 2006, el ministro Astori anunciaba que se presentarían nuevos documentos ante el Tribunal Arbitral (el que laudó). Esos documentos incluían elementos aportados por Carlos Röhm (ex vicepresidente del Banco Comercial) contra las instituciones extranjeras.

En una conferencia de prensa, Astori dijo que seguiría adelante con el caso frente al Tribunal Arbitral.

Pero para el Tribunal Arbitral todo esto fue una campaña por los resultados del fallo de 2004.

Los bancos accionistas señalaron que esta campaña había sido liderada y articulada por el entonces ministro de Economía Isaac Alfie inmediatamente después del primer laudo. Uno de los ingredientes de esta campaña, según la sentencia, fue una acción judicial entablada en Nueva York contra los bancos extranjeros y los directores que habían nominado para el Banco Comercial. En relación a esa demanda judicial, el Tribunal Arbitral concluyó que el Estado uruguayo incumplió sus obligaciones contractuales «al iniciar la acción en Nueva York con respecto a temas en los que tenían la obligación de recurrir al arbitraje». El Tribunal entendió que el gobierno impulsó a la DGI a iniciar acciones contra los bancos accionistas como parte de dicha campaña y que «las actuaciones de la DGI fueron iniciadas contra los bancos [extranjeros] con el fin de privarles de parte del beneficio… [del] Primer Arbitraje».

La investigación del Banco Central y las sanciones que les aplicó a los ex directores extranjeros del Banco Comercial (David Mulford, Brian O’Neill y Holger Sommer) merecieron también cuestionamientos.

El Tribunal concluyó que si bien el Acuerdo de 2002 no impide las sanciones de inhabilitación aplicadas por el Banco Central, la investigación administrativa contra los directores extranjeros merece serios cuestionamientos de debido proceso. Agregó que existen fuertes indicios de que la investigación administrativa se llevó adelante esencialmente para presionar y obtener así una transacción económica.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje