Experto cuestiona nuevo marco laboral
La presentación tendrá lugar el miércoles 5 de diciembre a las 19.00 horas en la Cámara Nacional de Comercio y Servicios, y estará a cargo del politólogo y docentes Oscar Botinelli, director de la empresa Factum.
El tema cobró fuerza durante el presente año y ha llevado a protestas por parte de algunos empresarios, por lo que esta obra intenta aclarar cuáles son los principales puntos polémicos.
Uno de esos temas es el referente a las ocupaciones de los locales de trabajo y el plazo de reclamo de los créditos que pasa de dos a cinco años
La obra analiza en detalle el nuevo marco de relaciones laborales creado por el actual gobierno y afirma que el modelo de relaciones laborales resultante es «altamente conflicto» y caracterizado por «la ocurrencia de sucesivas crisis entre el gobierno y el empresariado».
«Hasta ahora no ha existido un diálogo social productivo, en el que se arribaran a consensos relevantes. La tónica ha sido el disenso en temas claves, que ha empantanado el esperado acuerdo macroeconómico-laboral.
El gobierno en nada contribuye a crear un clima para lograr consensos.
Desde todos los ámbitos jurídicos se le ha dicho y probado que la ocupación de las empresas por los trabajadores es una medida de fuerza ilícita, que no integra el derecho de huelga y que agrede en forma severa los derechos fundamentales», explica Larrañaga aludiendo a su obra, en la que analiza en profundidad las principales legislaciones, doctrinas y jurisprudencias de la región y de Europa.
Lo inconstitucional
El experto opina que la legitimación de las ocupaciones que el gobierno procura a través del reciente proyecto de ley de negociación colectiva «sería inconstitucional, porque la Constitución no reconoce ni protege a la ocupación de empresas».
«Y no lo podría hacer tampoco porque ello significaría anular la efectividad de otros derechos reconocidos y protegidos, como la libertad de trabajo y de empresa, y el derecho de propiedad», agrega.
En el libro, Larrañaga afirma que la ley de tercerizaciones «traba en forma importante la coordinación productiva entre empresas» y «consagra una absurda solidaridad objetiva de la empresa contratante respecto de las eventuales deudas laborales, de seguridad social y de la póliza de accidentes de trabajo de la empresa contratista».
Plazos de reclamos
Finalmente, en el libro se destaca el análisis del nuevo régimen de prescripción de los créditos laborales.
«En forma abrupta se aumenta el plazo de reclamo de los créditos de dos a cinco años y se flexibiliza al extremo las formas en que el trabajador puede interrumpir el curso del plazo de prescripción», afirma el autor, para quien esta ley «tampoco ha aportado seguridad jurídica».
Compartí tu opinión con toda la comunidad