El SNIS, la reforma más emblemática del gobierno, deberá preservarnos de sus riesgos principales por la vía de la reglamentación
Si, luego de ello, uno avanza un poco en la observación de los flujos presupuestales, entenderá que las fundadas precauciones sobre el crecimiento del gasto en el sector establecidas por el Poder Ejecutivo en el proyecto de ley que se apresta a sancionar el Legislativo. Por fin, la dimensión de los efectos y los riesgos implícitos en el inicio de la ejecución del nuevo sistema de salud, obliga a repensar cuáles serían los aportes que pudieran introducirse por la vía de la reglamentación a los efectos de asegurarnos que esa reforma, tan emblemática para la izquierda como esencial para el bienestar público, no sea manoseada en la corrección permanente de sus defectos originales.
En este tipo de cosas es donde los uruguayos deberíamos demostrar, con ideas y hechos, pero sobre todo con un lenguaje de tolerancias y encuentros, que aún poseemos ese potencial de cambio que nos diferencia de las poblaciones bárbaras. En la salud se concentran unas cuantas explicaciones de esa vulnerabilidad que sentimos; no sólo por la calidad y el costo de los servicios de salud que las familias demandan desde sus derechos y necesidades básicas. Lo que sucede y sucederá en la salud debe ayudar a mejorar la confianza pública. No puede ser en tanto, que aún si este fuera el mejor proyecto para reformar un sistema caro e insatisfactorio, sea a la vez un eje de confrontación ciudadano más. La salud también es estabilidad y tranquilidad pública; cimiento y garantías de mejores expectativas de vida; razón práctica para evaluar la opción joven de irse o quedarse. Y sobre todo, lo que sucederá en la salud de aquí en más será la señal más fuerte acerca de si podemos conformar o no otra ética de la solidaridad, dotada de instrumentos modernos, fundada en la realidad, lejana al precepto ideológico o religioso.
Salud, estabilidad y confianza pública
Es desde allí y no desde la revisión enojada que la reforma de la salud se introduce bruscamente en la discusión actual sobre la sustentabilidad del crecimiento y la distribución social de sus beneficios. Desde esta perspectiva, es natural que la precipitación del Sistema Nacional Integrado de Salud hacia su etapa de ejecución, preñada de incertidumbres, exija una reglamentación que excederá a menudo las facultades que la ley deja al MEF y al MSP en la elaboración del decreto respectivo. Hay zonas urticantes del nuevo sistema en las cuales la reglamentación no puede ni debe contrariar la decisión de las mayorías. Pero es en ellas, precisamente, en las cuales la discusión de la reglamentación debería ser más creativa, inteligente y funcional con la realidad. La reglamentación no puede contrariar la reivindicación del igualitarismo como valor. No puede tampoco soslayar la decisión acerca de que el Poder Ejecutivo subrogue en la realidad el riesgo particular de los efectores de salud, públicos o privados en la prestación de sus servicios. Ni en esas ni en otras áreas de valores y principios puede la reglamentación de la futura ley corregir errores esenciales.
La regulación, el pilar omitido
El centro de preocupación que deberá tener la discusión de la reglamentación del SNIS deberá contribuir a resolver el principal, problema que ahora presenta la ejecución práctica del sistema: la debilidad u omisión de su pilar regulador. Otra vez de nuevo, la omisión institucional principal. Y eso supone intentar convencernos a todos que es posible compatibilizar esa asunción casi absoluta de funciones por el Poder Ejecutivo con la preservación profesional de los riesgos mayores de un sistema de convivencia pública y privada. La ausencia de institucionalidad reguladora ajustada a su teoría básica torna al SNIS frágil y vulnerable, de proyección escasa en el tiempo, reversible por definición dada la elevada exposición al juego de la política implícita en el diseño del nuevo sistema. Dicho de otra manera, es demasiado riesgoso y potencialmente muy caro que el SNIS se desenvuelva sin que los defectos naturales de los contratos sean regulados por normas y organismos preservados del juego circunstancial de la política. Esta es la omisión principal que tiene el proyecto en vías de transformarse en ley. Ello ha sido discutido marginalmente en el trámite legislativo y en la propia confrontación de los colectivos corporativos donde los inspiradores del proyecto decidieron ventilar la discusión inicial. Esta omisión es bien sintomática por cierto.
Ahora, con la ley en la mano, este Poder Ejecutivo debe concentrar sus mejores recursos en preservar la salud de los ciudadanos de un riesgo mayor al de la mala praxis o el regreso a un desbarajuste mayor. Debe solicitar las ayudas que sean necesarias para inventar un esquema de regulación que saltee la dominancia de las mayorías circunstanciales, forzando la propia omisión del proyecto preservando esta enorme esperanza e inversión de los efectos del juego natural de quienes especulan con los defectos o inconsistencias de los malos contratos. Y esto no puede ser satisfecho por una Junta de administración del Fonasa, cuyas mayorías aseguran que el regulador ha sido capturado antes de comenzar el juego. Y es demasiado riesgoso e infantil que alguien imagine que el Poder Ejecutivo es, casi por definición religiosa, la garantía absoluta del ciudadano frente a los malos contratos, incluyendo aquellos que firma o autoriza cualquier jefe de unidad ejecutora. *
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