Discrepando con el fiscal en política fiscal (II)
En la nota de hoy nos preguntaremos si tiene algún sentido afirmar que el dual a la uruguaya viola «la esencia misma» del IRPF y si la postura del señor fiscal nos dejará sin sistema tributario.
1. «La esencia misma» del IRPF
El señor fiscal alude reiteradamente a una violación de la «esencia misma» del IRPF, pero no se molesta en explicitar cuál es. No obstante, contextualizando, podría concluirse que alude a «gravar según la capacidad contributiva». Esto provoca dos preguntas:
i) ¿Para qué? Seguramente no como un fin en sí mismo sino como instrumento para obtener equidad horizontal (tratar igual a los iguales) y equidad vertical (que aporte proporcionalmente más quien más capacidad de pago tiene). Si así fuese, ¿cabe a esta altura del debate alguna duda de que, desde este ángulo de la equidad, el dual a la uruguaya es significativamente superior al Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) y a todos los demás impuestos que sustituyó? Todos los índices de equidad horizontal que hemos calculado (Atkinson-Plotnik, King y Lambert-Ramos) así lo indican y el índice de Gini de la distribución del ingreso cae más de dos puntos luego del dual (luego del IRP no se movía). ¿O es que el señor fiscal considera que el Gini no ha caído lo suficiente como para que el impacto redistributivo sea constitucionalmente aceptable?
ii) ¿Sólo las deducciones permiten aproximar la capacidad contributiva? ¿El mínimo no imponible y las tasas no cuentan? En un país donde el 10% más rico posee más del 50% del ingreso, casi cuatro veces más de lo que posee el 40% más pobre, ¿es necesaria tanta sofisticación (deducciones varias) para aproximar la capacidad de pago, o simplemente un mínimo no imponible tal que deje fuera del impuesto a un alto porcentaje de la población hace el target relativamente fácil? Por eso el mundo va hacia un impuesto a la renta más simple, porque la concentración del ingreso es tan grande y creciente que con un mínimo no imponible alto (México y Estonia no tienen ni mínimo) y tasas progresivas ya se consigue progresividad, sin necesidad de hacer ingeniería social con las deducciones, lo que siempre ha sido un fracaso.
2. ¿Nos quedaremos sin sistema tributario?
Seguramente no hay ficción tributaria mayor que el impuesto a la renta de las empresas, desde que es casi imposible medir precisamente el beneficio económico de las mismas a medida que se produce (o devenga). Por ejemplo, ¿qué tan fielmente logra la depreciación tributaria admitida (ficta) replicar la depreciación económica (real) de cada activo en cada empresa de cada sector? Poco. Otro ejemplo: ¿logran los ajustes por inflación eliminar completamente las distorsiones que el incremento de precios provoca en las cuotas de amortización, en los costos históricos, en las ganancias de capital y en los intereses ganados? Por lo pronto, hay aquí espacio para que los empresarios argumenten que estos ajustes incompletos (fictos) son inconstitucionales pues violan el principio de «certeza jurídica» que también invoca el señor fiscal. Y lo mismo podrían argumentar todos aquellos que tributan por algún régimen ficto.
A su vez, quienes tributan Imeba podrían argumentar que la tasa que pagan sobre sus ingresos brutos (que pretende ser un proxy de una tasa de 25% sobre su renta real) no está bien calculada y no respeta, por tanto, la «igualdad ante las cargas tributarias» en relación a sus pares que pagan IRAE.
Por otra parte, si la lectura de la Constitución que hace el señor fiscal lleva a absolutizar que la carga tributaria debe ser diseñada exclusivamente con arreglo al principio de la capacidad contributiva, deberemos renunciar ya mismo a nuestro principal impuesto, el IVA (10% del PIB, aproximadamente el 45% de todos los impuestos que se cobran en el país), que poco y nada respeta el principio de capacidad contributiva. Por decir algo: luego de la reforma, el 10% más pobre paga de IVA un 11% de su ingreso y el 10% más rico un 8% mientras que, por el contrario, el 10% más pobre no pagará IRPF y el 10% más rico pagará un 11% de su ingreso. Y, además, deberemos renunciar a los selectivos al consumo de cigarrillos y bebidas (regresivos) por más que combatan un daño a la salud que paga toda la sociedad (externalidad).
En resumen, la interpretación del señor fiscal nos ha dejado sin sistema tributario. La única salida será implementar un único impuesto a la renta personal plagado de deducciones (incluida la Contribución Inmobiliaria y el personal doméstico de las casas de Punta del Este) y con tasas siderales. Seguramente muchos de los que ahora festejan sueltos de cuerpo esta incursión del señor fiscal en la política tributaria no estarán igualmente felices con esta consecuencia.
3. Sobre otras ficciones y lobbies
Eliminar el gravamen a las pasividades sería una «ficción» de política fiscal en un país donde menos del 15% de ellos pagarán el impuesto (y los mayores de 65 años tienen casi el 70% del gasto público social) mientras uno cada dos niños es pobre y uno de cada dos pobres es niño.
Por no hablar de «ficciones» que agreden la inteligencia, como la de la fuga de depósitos por el IRPF (aunque ni siquiera la tasa de interés se haya movido) o la de la caída del consumo (aunque los supermercados digan que ha aumentado significativamente, en especial el de los bienes consumidos por los sectores de menores ingresos).
La «contra-reforma» está liderada por algunos sindicatos públicos (que reciben ingresos que los ponen en el 20% más rico de la población, ¡muy por arriba de la clase media burguesa!), los jubilados profesionales más pudientes (a los que la sociedad les pagó su educación superior y nunca se les gravó la renta que esto les proporcionó), y el 11% de altos oficiales retirados (que no tienen topes a sus jubilaciones aunque sí los impusieron al resto de la sociedad). Han demostrado que la solidaridad uruguaya no va mucho más allá de una telemaratón. Solidaridad ficta, digamos.
Es reconocido en teoría y práctica fiscal que el feroz enemigo del impuesto a la renta (el que más recauda y ha recaudado en la historia de la humanidad, por lejos, en el período de mayor crecimiento de la historia) es el «descuartizamiento» a que está expuesto por los lobbies, sean los anteriormente nombrados u otros. Por ejemplo, en Uruguay, hasta la reforma, las exenciones y deducciones hacían que el pago del impuesto a la renta de empresas del sector privado fuese el menor de América Latina después de Haití. La razón: las rentas no gravadas (desde intereses a honorarios profesionales) y los incentivos perforan el impuesto y por allí se fugan todas las rentas.
Entonces, en vez de agujerear el IRPF deberíamos reparar el IRAE y no conceder dos zonas francas más en el propio centro de Montevideo, como lo hizo el gobierno, mientras todos callamos irresponsablemente (fiscalmente hablando).
Esta pugna redistributiva no debería laudarse «al grito» (según vayan las encuestas) y, menos aún, deteriorando el diseño del sistema tributario. Por ése, entre otros varios motivos, hemos venido proponiendo (2) un Pacto Fiscal amplio que nos discipline y fije la estrategia: qué funciones del Estado (salud, educación, etc.) y qué partidas presupuestales (salarios, subsidios, inversiones, etc) vamos a privilegiar en el uso de nuestros ya altos impuestos. La fase contemporánea del largo proceso de acuerdos fiscales, que va desde el Edicto de París hasta los pactos fiscales de hoy, pasando por la Carta Magna, el New Deal o los pactos de la Moncloa, refleja la lucha por los derechos del individuo y la búsqueda de la cohesión social. Es decir, tienen componentes de solidaridad y de responsabilidad ciudadana.
4. Los cambios necesarios
Estamos completamente de acuerdo con el señor fiscal en relación a que el mínimo no imponible es bajo y a que debe permitirse ya la tributación opcional por núcleo familiar. D
e suyo, bregamos fuertemente (3) por (i) un aumento del mínimo no imponible; (ii) porque se admitiera la tributación opcional por núcleo familiar con un mínimo no imponible de al menos 1.5 veces el individual; y (iii) porque la deducción por hijo fuese el doble de la vigente, de modo que, con el resto de deducciones actuales, se cubriera el costo de la canasta básica de los hogares de menores ingresos. El Ministerio de Economía desestimó la propuesta para el inicio del nuevo sistema por razones de incapacidad administrativa y prudencia financiera, argumento este último relevante si se tiene en cuenta que Uruguay no tuvo déficit fiscal sólo en cuatro de los últimos 50 años.
Pero aunque nosotros y el señor fiscal estemos convencidos de nuestras posiciones, el Ministerio de Economía y Finanzas es el responsable inicial y fundamental de la política tributaria. Y está bien que así sea. El señor fiscal debería saberlo y respetarlo. *
(1) Asesores de la Comisión de Reforma Tributaria.
(2) Por ejemplo, en «El tren de la reforma fiscal no puede parar». Universidad Católica.
(//www.ucu.edu.uy/Facultades/CienciasEmpresariales/index.htm)
(3) «Propuestas para la reforma tributaria de Uruguay (2005)» y «7 pilares para sostener la reforma tributaria». Universidad Católica.
(//www.ucu.edu.uy/Facultades/CienciasEmpresariales/index.htm)
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