Más resoluciones y todavía faltan datos de recaudación

A medida que van pasando los meses con el Nuevo Sistema Tributario (NST), que entró en vigencia el 1º de julio pasado, van apareciendo los ajustes necesarios en las resoluciones de la DGI. Con el paso del tiempo, y a medida que los profesionales, las empresas y las personas se van encontrando en situaciones particulares, se recurre a las consultas por escrito ante la DGI.

Esto puede verse claramente en las publicaciones que hace el ente regulador en su página web. En julio, el primer mes de aplicación del NST, no fueron muchas las resoluciones emitidas en consultas, pero de agosto en adelante fueron decenas las consultas que la DGI respondió por escrito y que son tomadas como resolución del ente.

También hay idas y venidas del ente, en sus propias resoluciones o interpretaciones de las mismas.

En un principio, en julio y agosto se le informaba a los agentes de retención designados en el artículo 73º del Decreto Nº 148/007 que debían aplicar lo dispuesto en el numeral 8) de la Resolución DGI Nº 662/007, es decir, que debían efectuar la retención en todos los casos que se contrataran servicios a empresas unipersonales, aunque esos servicios combinaran capital y trabajo, y a pesar de que el numeral 8 de la resolución 662 se refería a los servicios personales. El pasado 2 de octubre, mediante la Resolución Nº 4757, expedida por una comisión de consultas de la DGI explicó que «no corresponderá efectuar la retención prevista en el artículo 73º del Decreto Nº 148/007″, en los casos en que el servicio que se brinda no configure rentas de personas físicas categoría II (rentas puras de trabajo).

También son varias las consultas en lo referente a la forma de liquidación del impuesto, en relación a su posibilidad de cálculo por renta ficta o por contabilidad suficiente, y en referencia a la opción de tributar por IRAE (Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales) que tienen los contribuyentes de IRPF.

 

Recaudación

Si bien ya se dieron a conocer los datos de recaudación del primer mes del NST, todavía no se conoce el impacto de la recaudación que más afecta el IRPF, y es el caso de los trabajadores independientes.

Los trabajadores independientes son, principalmente, las personas que trabajan fuera de la relación de dependencia, con una empresa unipersonal y con la que le facturan a su cliente. Este es el caso de los profesionales, médicos, escribanos, abogados, contadores, etc. *

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