Gobierno busca reforzar el INC

El diputado Aníbal Pereyra, Espacio 609, señaló ayer a LA REPUBLICA que la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca de la Cámara de Diputados está discutiendo en estos días varias modificaciones a la Ley de Repoblamiento de la Campaña, tendientes a reforzar el Instituto Nacional de Colonización.

Pereyra explicó que desde hace dos semanas la Comisión se encuentra votando la incorporación de varios artículos al proyecto de Repoblamiento de la Campaña, que surgió como una iniciativa de los senadores nacionalistas Carlos Camy y Jorge Larrañaga y ya cuenta con media sanción del Senado.

Los artículos que se agregarían pretenden agilizar el accionar de Colonización permitiéndole cobrar multas, determinar rescisiones de contratos por su sola voluntad y formar fideicomisos de tierras, entre otros aspectos.

Según explicó Pereyra, la propuesta de su incorporación surgió de la bancada oficialista dado que el gobierno considera estratégico el fortalecimiento de la institución para darle «un uso social a la tierra».

La mayoría de estos artículos ya estaban incluidos en un proyecto de ley de aggiornamiento de la Ley de Colonización (Nº11.029), cuya sanción tenía prevista impulsar el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) para este año.

Sin embargo, los prolongados plazos legislativos hicieron que surgiera la idea de incluir parte de estos artículos, los más urgentes, en el proyecto de Ley de Repoblamiento de la Campaña. Al respecto, el vicepresidente de INC, Mario Vera, acotó: «Este proyecto (el de Repoblamiento) lleva más de un año de discusión en el Parlamento, por lo tanto, ni me imagino lo que puede llevar discutir toda la ley de Colonización».

En el nuevo proyecto de ley se modifican los artículos 28, 35, 70, 71 y 101 de la Ley N° 11.029. Entre los cambios más importantes que se introducen están: – la obligatoriedad de ofrecer al instituto todo campo que vaya a ser enajenado que tenga una extensión igual o superior a las 500 hás coneat 100 (actualmente la obligatoriedad es para predios mayores a 1.000 hás); – la posibilidad de Colonización de expropiar las tierras adjudicadas «en cualquier tiempo y contra cualquier propietario, cuando la tierra subdividida se concentre de nuevo o se subdivida en forma excesiva, o se deje de explotar o se explote en forma que desvirtúe el objeto de la colonización»; – la atribución del INC de rescindir unilateralmente los compromisos contraídos cuando el colono arrendatario incurriere en irregularidades (como no residir en el predio, no explotar la tierra, etcétera); – la facultad de cobrar multas de hasta el 50% del valor de la renta, a aquel colono que incurra en uno o más incumplimientos.

Para Mario Vera, estos cambios son trascendentales para mejorar la operativa del Instituto. *

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