Extensión de plazo hasta octubre para trabajadores de ingreso múltiple

Se dispuso la extensión del plazo de opción para los trabajadores y pasivos de ingresos múltiples para establecer la opción de retención del mínimo no imponible.

Según el Art. 18, de carácter transitorio se modifica al Art. 78 del Decreto Nº 148/007, el cual disponía que los trabajadores dependientes y pasivos contribuyentes del IRPF tenían un plazo muy perentorio ­lo que quedaba de junio­ para informar en una Declaración Informativa (versión 3100.00) si correspondía o no que el empleador o Caja respectiva aplicara el mínimo no imponible ­$ 8.180­ a los efectos del cálculo de las retenciones. Esta obligación podrá ser provista en el curso de los próximos tres meses dado que la modificación dispone que no será aplicable hasta el mes de cargo, octubre de 2007. *

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