EL 22 DE MAYO LA IMPOSITIVA COMIENZA A ATENDER INQUIETUDES DE LOS CIUDADANOS

Empresas serán las responsables si no llega a la DGI el IRPF de los trabajadores

Desde esa jornada estarán en la página de Internet del organismo (www.dgi.gub.uy), 1.500 preguntas con sus respuestas intentando abarcar las dudas de la población.

A esto se sumarán dos call center de información, con 30 líneas cada uno, los cuales estarán ubicados en la sede de la DGI y del BPS. Además, fueron contratados 170 profesionales del área contable y 300 estudiantes universitarios para brindar asesoramiento.

Los mismos se ubicarán en puestos fijos de atención al público ubicados en Centros Comunales Zonales de la capital y centros de información ubicados en Ciudad Vieja, Tres Cruces y la Costa de Oro, mientras, se extenderá la asistencia a todo el país.

En la sede de la DGI, si bien se aumentarán de 15 a 30 los profesionales disponibles para atender al público, se espera que no sea el centro de concentración de la información.

En nuestra edición de hoy publicamos un cuadro guía (proporcionado por la DGI) en el cual se puede observar cómo se debe calcular el IRPF para un trabajador dependiente con un solo empleo, por el cual percibe un sueldo nominal de $ 13.500, tiques alimentación por $ 1.500 y deduce gastos de salud de dos hijos.

Mediante ese cuadro y sustituyendo las cifras de ingresos y la cantidad de hijos, se puede tener un aproximado de cuánto será el aporte que debe pagar por mes. En el caso señalado y con un ingreso de $ 15 mil por todo concepto y dos hijos, el pago mensual de IRPF llega a los $ 260.

 

* BPS como agente  de retención

– El Banco de Previsión se considera que estará colaborando con la DGI, ya que si bien actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de trabajadores dependientes inscriptos en dicha institución y jubilados y pensionistas, lo deberá volcar a las arcas de la Impositiva.

En el caso del actual IRP, el BPS (que lo recauda) directamente se queda con dicha recaudación, a cuenta de los fondos que envía el gobierno central para cubrir su déficit.

No solamente el IRPF será retenido por el BPS, o las demás cajas paraestatales, también se podrá pagar en Abitab, Red Pagos, DGI o BPS. Esto es para aquellos profesionales o trabajadores que ejerzan como no dependientes.

 

* Sin declaración jurada para quien tenga un solo trabajo

– En la DGI, la idea central es que aquellos que tengan un solo trabajo, en calidad de dependientes, no tengan que realizar una declaración jurada a fin del ejercicio (diciembre de cada año). Se estima que en esta situación estarán unos 250 mil trabajadores. Con las retenciones mensuales y las que afecten a los aguinaldos y salario vacacional, estará cubierta la contribución del IRPF del trabajador.

 

* Simuladores para cálculos

– En diez días estarán operativo en la página web de la DGI, dos simuladores, para que la población calcule cuánto impuesto estará pagando. Uno será para el cálculo anual y otro mensual. En el mismo, con introducir la cifra o cifras que percibe, podrá saber cuál será su descuento mensual por parte del empleador. También servirá para que los profesionales o trabajadores independientes sepan cuál será su aporte ficto, de acuerdo con un estimado de ingreso mensual.

 

* Empresas, responsables sustitutos

– Un detalle importante es que las empresas se convierten en «responsable sustituto» de la DGI y no en un mero agente de retención. Esto significa que si una empresa no vuelca los tributos retenidos pasa a ser la deudora con la DGI y no el trabajador.

Si se detecta que una empresa no vuelca los adelantos del IRPF descontados al trabajador, será la DGI la que lleve adelante las acciones judiciales contra la empresa infractora. Hasta ahora el BPS era el encargado de controlar que se efectuaran los aportes del IRP (impuesto a los sueldos).

 

* Viáticos con boleta: no estarán gravados

– En materia de viáticos, aquellos que sean con rendición de cuentas (o sea que el trabajador presenta las facturas correspondientes), no estarán gravados con el impuesto. Los viáticos sin rendición de cuentas se considerarán como un ingreso más, dentro del sueldo, como ser los tiques alimentación. Esta medida se espera contribuya a que los viáticos sean todos con rendición de cuentas, para de esa manera también llevar adelante un control de los aportes impositivos de las empresas que prestan servicios (o sea, en aquellas en que se gastan los viáticos).

 

* Declaración por hijos antes del 1 de julio

– En materia de deducciones, los trabajadores dependientes pueden deducir del pago 6,5 BPC anuales, o sea unos $ 886 por mes.

El procedimiento establecido para acceder a tal beneficio será el siguiente: antes del 1 de julio y mediante declaración jurada, el trabajador deberá informar a la empresa en la cual se desempeña, la deducción de cuota mutual por hijo. En dicha declaración se deberá señalar el número de cédula de identidad del hijo o los hijos. Esto es para que no existan múltiples deducciones con un solo niño.

Pero también quienes tengan hijos podrán no realizar tal declaración jurada y obtener el beneficio de la deducción.

Si un trabajador, por la causa que sea (se denomina este procedimiento «protección de la intimidad individual»), no desea que su empleador sepa que tiene hijos, lo que deberá hacer es no presentar la declaración jurada ante el empleador y, al cerrar el ejercicio (o sea en diciembre), presentarse en la DGI para acogerse al beneficio de descontar las 6,5 BPC anuales por hijo. En este caso tendrá un crédito a favor. Lo negativo de este procedimiento es que no se beneficia mes a mes de esta deducción.

 

* Créditos a favor: mayo 2008

– En créditos a favor, por el pago de más en aportes (se puede dar mayormente en profesionales o empresas), aún no está definido cómo se va a devolver al contribuyente, si en dinero o como un crédito para el próximo ejercicio. Esto recién se resolverá en mayo del año próximo.

 

* Deducción de 30%  por gastos fictos

– En materia de profesionales universitarios, sin relación de dependencia, o trabajadores en esta situación (como un plomero o un jardinero inscripto como unipersonal o microempresa), deberán realizar una autoliquidación. Mes a mes deberán pagar una cifra ficta. A fin de año deberán presentar una declaración jurada con sus ingresos, a la cual deberán adjuntar los recibos de cada trabajo realizado y los que corresponden a aportes al BPS. Además de las deducciones que tendrán los trabajadores dependientes (aportes jubilatorios y otros), y la deducción por hijos si correspondiere, se deberá sumar un 30% de gastos fictos.

Una novedad importante es que las microempresas, que hoy día facturan sin IVA, deberán comenzar a hacerlo, lo que llevará a que tengan que convertirse en agentes de retención de este impuesto.

 

* Alquileres: juicios si se está al día con la DGI

– En materia de alquileres, la ley establece que el Registro de Alquileres no es obligatorio.

Si bien la DGI quería que esto fuera así, por ahora no sucederá.

El control de alquileres y los impuestos que los propietarios deben pagar se realizarán «de una manera más sutil», según fuentes del gobierno.

Es que se estableció que para iniciar juicios por alquileres impagos o juicios de desalojo, se deberá estar al día con la DGI. O sea que el propietario deberá haber pagado el Impuesto a los Alquileres, si correspondiere. De no ser así, debe primero regularizar su situación, para después poder dar andamiento al juicio. *

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje