Los productores de mayor ingreso y de menor superficie no deberán tributar IRAE hasta 2008
El equipo económico terminó de definir las principales dudas que sobrevolaban la reglamentación de la reforma tributaria para el agro definiendo los escalones de ingresos anuales que diferenciarán al sector respecto al pago de la renta real o ficta, a la vez que extendió hasta julio de 2008 el ingreso obligatorio al IRAE de los productores de mayores ingresos pero que explotan superficies menores a las mil hectáreas de productividad media Coneat 100.
La información difundida en la noche de ayer en Cierre de Jornada de Radio Sarandí elimina las principales dudas y, en principio, tendería a definir un ingreso al régimen de imposición a la renta real de menos cantidad de productores que los estimados en principio. No más de 4.000 en principio.
Los rangos están expresados en Unidades Indexadas y establecen que aquellas explotaciones que vendan menos de UI 200.000 en el año ( unos U$S 130.000 podrán optar entre Imeba (impuesto a las ventas que no requiere contabilidad suficiente).
El siguiente escalón, entre U$S 130.000 y U$S 265.000 establece una opción de IRAE ficto con la posibilidad de permanencia con el Imeba pero a una tasa de una vez y media de la actual. El último rango establece la obligación de tributar en base IRAE. En los dos últimos rangos habrá incentivos que incluyen el descuento del IVA, etcétera.
Quedan algunas dudas referidas a la selectividad según razón social que sería el segundo criterio de definición del régimen. Queda también la dudas del vínculo con los aportes patronales del sector. *
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