Publican en Diario Oficial la reforma tributaria y su reglamentación estaría lista en febrero
La ley fue votada por la Cámara de Diputados el 19 de diciembre, recibida y dictado el cúmplase el 27 de diciembre en el Consejo de Ministros, y publicada ayer en el Diario Oficial.
Ahora falta la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo, la que estaría pronta en febrero.
La ley, de 113 artículos, es publicada tras haberse reintegrado a su cargo el ministro de Economía, Danilo Astori, luego de su licencia anual.
Dentro de la ley se incluye para las empresas la posibilidad de efectuar donaciones a diferentes instituciones, las cuales se podrán descontar del pago del impuesto a la renta o impuesto al patrimonio.
Los límites de montos globales que se podrán donar, se encontrarán dentro de la reglamentación de la ley.
Las donaciones se podrán realizar para la compra de alimentos, útiles, vestimenta, construcciones y reparaciones de establecimientos de Educación Primaria, Secundaria, Técnico-Profesional y de Formación Docente, debiendo estas instituciones atender a las poblaciones más carenciadas.
También se podrán efectuar donaciones a la Universidad de la República, los Consejos de Educación Secundaria y Educación Técnico Profesional y a los servicios que integren Primaria, formados por técnicos universitarios, y que tengan proyectos para mejorar la calidad educativa. Estos proyectos deberán ser aprobados por las autoridades pertinentes.
También se podrán efectuar donaciones al Instituto Clemente Estable, el Inau y para instituciones que atiendan a personas en el campo de la salud mental.
En este último caso las fundaciones deberán demostrar que han tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos al 11 de enero de 1994.
Asimismo, las donaciones de empresas se podrán efectuar a las fundaciones instituidas por la Universidad de la República, el Instituto Antártico Uruguayo, universidades privadas y proyectos declarados de fomento artístico cultural.
En el caso de los no residentes, que deben de pagar Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, podrán deducir «donaciones efectuadas a entes públicos».
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