"Si bien no me has cotizado, aceptamos entre U$S 15 mil y U$S 20 mil"
Una de las bases de la buena administración es pedir precios ante una contratación. No obstante, en la CND se puede contratar directamente mediante resolución de Directorio, pero para la AIN «por principios de buena administración» correspondería la solicitud de tres presupuestos, al menos en montos que superen los topes establecidos para el régimen de Compra Directa previsto en el Tocaf.
El 11 de marzo de 1997, por resolución de Directorio se aprueba la propuesta del gerente general, Alejandro Conforte, quien propone encargarle al doctor Gabriel Schor la realización de un estudio de prefactibilidad de la instalación de una entidad financiera que preste a la micro y pequeña empresa.
En la documentación se encontró un interesante memo del 22 de mayo de 1997, firmado por Alejandro Conforte y dirigido al doctor Gabriel Schor, concerniente a los términos de referencia del estudio aludido anteriormente y la cotización del mismo. Sobre éste último punto, se trascribe lo allí establecido por Conforte: «Si bien no me has cotizado por escrito, si estamos hablando de un precio en el entorno de 15 a 20 mil dólares americanos, desde ya que lo aceptamos y te pido que comiencen cuanto antes.»
Conclusión: hay una orden de pago (N° 10489 de fecha 24 de noviembre de 1997 por US$ 19 mil) por dicho estudio.
Se observa que la misma no tiene una factura adjunta, y en su lugar se encuentra, a modo de recibo, una hoja sin ninguna formalidad ni membrete fechada el mismo día de la orden de pago (24 de noviembre de 1997) y firmada por Gabriel Schor. Para la AIN, «los procedimientos llevados a cabo para realizar la presente contratación no permiten asegurar que la misma haya sido la más conveniente para la institución y no se exigió cotización por escrito ni un plan de trabajo. Peor aún, de acuerdo a la documentación relevada se sugiere el monto máximo a cotizar, situación que se aparta de las normas de buena administración».
Tampoco hay factura de Schor, por lo cual se está incumpliendo con la normativa legal en cuanto a la correcta documentación de las transacciones. *
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