Banco Central impulsa nuevas normas en materia de información para los inversores
El proyecto, que está a consulta de los interesados, regulará los servicios relacionados con instrumentos financieros emitidos por terceros. A modo de ejemplo, se consideran instrumentos financieros emitidos por un tercero los bonos del tesoro, participaciones en depósitos en el exterior, acciones, fondos de inversión, opciones, etc., ya que los fondos que el cliente invierte no constituyen depósitos en una institución de intermediación financiera regulada por el Banco Central del Uruguay.
Según la información brindada desde el BCU el objetivo de la normativa propuesta es que las instituciones financieras realicen esta operativa con altos estándares y los clientes reciban información suficiente para la toma de decisiones de inversión. Para prestar este tipo de servicios, muy comunes en la actualidad a nivel de los bancos, se propone una serie de requisitos mínimos, como el establecer políticas y procedimientos por escrito y contar con la estructura funcional, que permitan cumplir una serie de objetivos, entre los que se encuentran: identificar y monitorear los riesgos asumidos en esta operativa.
Asimismo se deberá documentar claramente las responsabilidades asumidas por las partes, conocer adecuadamente a los clientes y proporcionarles información mínima sobre las características y riesgo de las inversiones.
Información a clientes
Uno de los principales puntos que siempre se ha cuestionado en materia de inversiones es al información que reciben aquellos que deciden ingresar en terrenos diferentes a lo que es un plazo fijo, o una caja de ahorro, para depositar sus fondos.
El proyecto plantea que se debe brindar información a los clientes que les permita, entre otras cosas, identificar claramente que los instrumentos financieros que adquieren no constituyen un depósito en la institución.
Asimismo, se hace especial énfasis en aquellos clientes minoristas a los que se deberá brindar cierta información mínima para conocer mejor sus inversiones.
Esta información consistirá en consideraciones generales sobre las características y riesgos de las inversiones, así como información obligatoria mínima sobre el instrumento concreto que el cliente adquiere.
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