Se explicitan los lazos entre la economía, la política y la participación
El Poder Ejecutivo reglamentó esta semana el Consejo de Economía Nacional, y se pretende su más pronta instalación y puesta en funcionamiento. Según lo dispuesto por la Ley 17.935 del 26 de diciembre de 2005 se crea el Consejo Nacional de Economía, de acuerdo con lo que preveía el artículo 206 de la Constitución de la República.
Será una entidad privada de interés público de carácter consultivo y honorario, y su sede estará en Montevideo.
De ahora en adelante corresponde al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, establecer los criterios generales para su conformación. Estos deberán obedecer al objetivo esencial de este organismo: procurar que esté representada en su seno la opinión de los distintos sectores e intereses económicos, sociales, profesionales y culturales del país.
La elección de los respectivos miembros estará a cargo de las organizaciones más representativas de cada sector convocado, mientras que los representantes del sector público serán los únicos con voz pero sin voto.
El Consejo de Economía Nacional estará integrado por 40 miembros:
-14 representantes de los trabajadores
-14 del sector empresarial
– 3 por los cooperativistas
– 3 de los profesionales universitarios
– 3 por los usuarios y consumidores
– 3 en representación de las ONG que tengan convenios con el Estado.
En cuanto a su reglamentación interna, se la dará el propio consejo, el cual funcionará en régimen de sesiones plenarias y en comisiones, teniendo que establecer los criterios que determinarán las mayorías y las formas de documentar y procesar las discrepancias y los informes en minoría.
El Consejo de Economía, además de procurar representar la opinión de los distintos actores de la sociedad, tendrá como uno de sus objetivos primordiales otorgarle un carácter institucional al diálogo entre los diversos intereses que componen la sociedad uruguaya, y establecer un canal ordenado y directo con las autoridades respectivas.
Algunas de sus funciones serán:
-solicitar asesorías a organismos públicos, universidades, ONG, y a distintos actores cuando así lo considere necesario.
-ser oído por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) a solicitud de estos en la oportunidad de la elaboración de los Presupuestos y Rendiciones de Cuentas, con una antelación de por lo menos 30 días al envío de los respectivos proyectos a la Asamblea General.
-Ser oídos por las comisiones parlamentarias.
-Emitir informes sobre temas económicos y sociales a solicitud de entidades. tanto públicas como privadas, o por iniciativa propia.
-Elaborar anteproyectos de ley o reglamentos, los que podría remitir al Poder Ejecutivo o a la autoridad correspondiente. *
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