El bilateralismo, válvula de escape

Adelantos de la respuesta uruguaya a la reacción de los socios

La siguiente es parte de la base de argumentación expuesta por Astori frente a las eventuales reacciones adversas de los socios:

·Negociación conjunta y libre tránsito de bienes: En 2000 se adoptó la Regla de la Negociación Conjunta, todos los países del Mercosur tendrían que negociar conjuntamente fuera de la región, pero junto con ese compromiso se adoptaron otros que forman con este un conjunto inseparable. Los otros compromisos asumidos refirieron en primer lugar, a no adoptar ninguna medida restrictiva al comercio entre los socios.

No se cumplió, porque hay medidas restrictivas que dificultan el comercio entre los socios.

·Eliminación de impuestos distorsivos. En segundo lugar, se dispuso eliminar medidas impositivas, fiscales, financieras, cambiarias, monetarias, o de cualquier otra naturaleza –dice esta decisión– que perjudicaran el comercio entre los países. No sólo no se cumplió, sino que se siguieron adoptando medidas discriminatorias en estos campos. No se cumplió.

·Defensa de la competencia: En tercer lugar, se dispuso analizar el perfeccionamiento de mecanismos de defensa de la competencia.

No se cumplió.

·Coordinación macroeconómica:

Y en cuarto lugar (…) se dispuso progresar en la coordinación de políticas macroeconómicas, sobre todo definiendo metas comunes en materia de deuda pública, de resultado fiscal y de inflación. No se cumplió. No sólo no se cumplió, no nos hemos reunido para discutir este tema.

… Y si las razones no fueran aceptadas Uruguay utilizará posibilidades reglamentarias para permanecer en el bloque.

El ministro anunció a continuación el mecanismo al que se recurriría en el caso de que los vecinos no acepten que Uruguay intente el acuerdo con los EEUU. Esgrimiremos, dijo el ministro, «la decisión 54, del Consejo del Mercado Común del año 2004 y su reglamentaria que es la decisión 37, del Consejo del Mercado Común del año 2005.

Porque ambas resoluciones, ambas decisiones de la máxima autoridad del Mercosur, que es el Consejo, permiten separar las importaciones de extrazonas respecto a las demás. ¿Cuál es el objetivo de estas dos decisiones?

El objetivo es contribuir a eliminar el doble cobro del Arancel Externo Común, un problema que tiene el Mercosur y que todavía no ha sido resuelto, para procurar y contribuir a la eliminación del doble cobro del Arancel Externo Común, se separan -por la vía de estas decisiones- las importaciones que vienen de extrazonas y que por lo tanto, al separarlas, pueden ser tratadas diferentemente, otorgándoles un tratamiento distinto según cumplan o no con la política arancelaria común.

Aquí está la clave para disponer de mecanismos que nos permitan avanzar en ese sentido. *

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