Reforma del BCU ratifica para el organismo definición de las metas inflacionarias
Adelantando la posición del gobierno en relación a uno de los centros de la polémica discusión que principia el ministro Astori, fue enfático en afirmar que éste no es un proyecto de «autonomía». Sería simplista discutirlo a la luz de lo que no está en juego. La autonomía está consagrada por la Constitución de la República, el B.C.U es uno de los Entes Autónomos. Empero indicó el ministro el proyecto va más allá que a una mera reestructura institucional, y es parte de las reformas estructurales, del sistema financiero en particular y del Estado en general; «sin reformas insistió todo proceso de transformación abortará» .
Desde el aspecto estrictamente institucional, se trata de la primera enmienda que se le realiza a la Carta Orgánica en vigencia desde el año 1995, la única que ha tenido el Banco Central desde su creación en 1967.
Según el ministro, este proyecto de reforma de los estatutos de la entidad reguladora financiera, monetaria y cambiaria, tiene como primer objetivo delimitar de forma precisa los roles y objetivos de la institución y en segundo término, definir claramente las características de las relaciones entre el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, el Poder Legislativo y el propio Banco Central. A los efectos de precisar y hacer más transparentes estas relaciones se crea un Comité de Coordinación Macroeconómica y paralelamente una Corporación de Protección de los Depósitos Bancario, informó.
Por último el ministro Danilo Astori señaló que dicho proyecto está inspirado en la necesidad de dotar de herramientas actualizadas a la institución rectora de la política monetaria, a través de un debate lo más amplio posible, sin preconceptos ni prejuicios, sino pensando en que sea un instrumento eficaz para la estabilidad y crecimiento.
Quién es el responsable y de qué: un nuevo diseño institucional
Por su parte, el subsecretario de Economía profundizó en algunos de los aspectos del proyecto de reforma. Mario Bergara indicó que el proyecto busca darle un marco racionalizador y orgánico al proceso de reinstitucionalización que se ha venido procesando en los últimos años, y dotarlo de mayor profesionalismo, porque agregó: «Cuando las cosas no se hacen bien las consecuencias afectan a todos los ciudadanos y por ello es necesario tener blindada la casa para los períodos de lluvia». «Por otra parte continuó el otrora integrante del equipo de política económica del BCU resulta fundamental reorganizar las funciones y diferenciar prioridades, para dejar bien claro dónde están las responsabilidades. Para ello es necesario delimitar estrictamente los roles de cada actor y el grado de injerencia de cada poder en la toma de decisiones, para que las responsabilidades ‘no se esfumen'» .
La creación de la Copab (Corporación de Protección del Ahorro Bancario) persigue otro objetivo primordial de la reforma: el fortalecimiento institucional de la supervisión y regulación financiera. A la SIIF se le habían venido agregando funciones ‘ad hoc’ y anárquicamente, en un verdadero aluvión que desdibuja los límites de injerencia, dificultan la toma de decisiones y la Rendición de Cuentas. El economista Bergara indicó que no existía nadie dedicado a pensar centralizada y globalmente el accionar del Banco, reduciéndose el mismo a una sumatoria inconexa de distintas funciones y jerarquías, más si se tiene en cuenta que los agentes del sistema financiero actúan con una lógica de conglomerado lo que hace necesario cierto grado de centralidad fiscalizadora.
Recordó el subsecretario que la autonomía debe tener como contrapartida la ‘rendición de cuentas’, lo que la Ciencia Política llama «accountability».
Distintos grados de autonomía
El Banco Central, como Ente Autónomo, a lo largo de su historia tuvo distintos grados de autonomía, dependiendo de la conformación del directorio del momento. Coexistiendo así diversos grados de responsabilidad en la toma de decisiones con el Ministerio de Economía de cada administración, sin que nunca quedaran muy claros los límites. «Quién es el responsable y de qué» parece ser la premisa con la cual se diseñó el relacionamiento del Banco con el resto de la institucionalidad y particularmente del Ministerio de Economía. A tales efectos se buscó un diseño que formalizara y equilibrara la intersección que tienen en la práctica las funciones del BCU y el MEF creando el Comité de Coordinación Macroeconómica. La creación de este espacio formal de coordinación es uno de los puntos polémicos. Sin embargo las funciones del Comité se reducen a la definición de las metas inflacionarias y la responsabilidad de la programación y ejecución de la política monetaria; en el caso de producirse discrepancias define el responsable de la política económica pero el BCU puede apelar al Senado en el caso que entienda afectada su autonomía y responsabilidades en la defensa de la estabilidad y la fortaleza de la moneda nacional en una perspectiva sustentable.
Respecto a la integración del Directorio del BCU, proceso que sólo puede llevarse a cabo luego de implementar los aspectos antes mencionados de la reforma, se propone la elección de los integrantes del direcrtorio con mandatos desfasados del ciclo electoral. Cinco miembros de rotación escalonada, con venia del Senado, y reservándole al Presidente de la República la designación del presidente del directorio.
Del cementerio al hospital de banco
Se establece una red de seguridad financiera que incluye medidas correctivas, ampliando, mejorando y ordenando las funciones que le cupo al fondo de garantía de depósitos a partir de 2002. Para ello se creará una entidad que actúe fuera de la órbita del Banco Central, una figura estatal de derecho privado, la Corporación para la Protección del Ahorro Bancario (Copab), a la que se otorga también las funciones del liquidador que cumple actualmente el BCU. La Copab debe facilitar prevención de situaciones eventualmente críticas y posibilitar acciones alternativas a la liquidación, siempre y cuando estén dadas las condiciones, favoreciendo la absorción y fusión de instituciones, o partes de ellas, que se encuentren insolventes. Pero será el Directorio del Banco Central en última instancia quien determinará si un banco entra en proceso de resolución, si se lo apoya financieramente, o se aprueban posibles procesos de fusión o absorción entre instituciones bancarias. De lo contrario, en un plazo que podrían rondar los 90 días, se pagan los depósitos y se liquida el banco.
Por su parte, el Dr. Leonardo Costa abordó la casi inexplorada temática de la Supervisión basada en Riesgos en el Lavado de activos.
En otro orden advirtió el panelista el desafío consistirá en monitorear la capacidad de las instituciones supervisadas y sus sistemas de gestión de riesgos evaluando la adecuación de los mismos con los niveles patrimoniales. El desarrollo de sistemas de gestión de riesgos supone focalizar recursos en aquellas áreas consideradas más vulnerables, identificar los grados de riesgos de cada actividad, y en relación con el BCU generar un sistema de integración de todos los supervisores de la actividad financiera, en procura de una «supervisión consolidada del sistema financiero. *
(*) La supervisión del Sistema Financiero en el Proyecto de Carta Orgánica del Banco Central del Uruguay, reunión organizada por la consultora ABCT: Atchugarry, Brum, Costa y Testa, con motivo de la presentación y análisis del Proyecto de Ley actualmente a estudio del Senado de la República.
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