EL VINO Y EL CHAMPAGNE DEBERAN PAGAR IMESI DEL 23%

Reforma Tributaria: la DGI dispondrá de U$S 1,6 millones para realizar campaña informativa

El mismo ingresará en el Parlamento la semana que comienza, y se espera que sea aprobado antes de que culmine agosto, para que, de esta manera, la DGI pueda comenzar con su campaña de información al público y adecuar sus sistemas informáticos para el cobro a los contribuyentes.

La reforma entrará a regir desde el 1 de enero de 2007, según aspira el ministro de Economía, Danilo Astori.

El proyecto de reforma tributaria elimina 14 impuestos y prevé la eliminación de otros tres.

Se elimina el Impuesto a las Retribuciones Personales (impuesto a los sueldos), el Cofis (Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social), el impuesto a las telecomunicaciones (ITEL), impuesto a tarjetas de crédito, a la cesión de derechos sobre deportistas y a la compra de bienes muebles en remates, entre otros.

El Impuesto a la Renta de las Personas Físicas se aplicó en Uruguay entre 1961 y 1973, pero tuvo muy baja recaudación. Una de las razones que se esgrimían era la falta de sistemas informáticos que pudieran facilitar el cálculo y cobro de dicho impuesto.

Según el proyecto de ley, seis de cada 10 uruguayos no pagarán el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.

En el proyecto se incluyó la deducción por hijos. Quienes perciban por debajo de $ 7.410 por mes no deberán pagar el impuesto. Esta cifra es, luego de la deducción del sueldo nominal de los aportes al BPS (15%) y a Disse (3%) y al Fondo de Reconversión Laboral (0,125%).

También se establece que se podrá deducir por cada hijo 8.000 Unidades Indexadas ($ 12.320 por año, $ 1.026 por mes) por concepto de afiliación a mutualistas. Este monto se duplica si el hijo (mayor o menor de edad) es declarado «incapaz» o con discapacidades graves.

La deducción se podrá realizar por uno de los padres (perceptores).

De esta manera se agregó un nuevo elemento que beneficiará a un grupo de contribuyentes. Como ejemplo, si se perciben (líquidos) $ 20 mil, se descuenta el monto no imponible ($ 7.410) y $ 1.000 por cobertura mutual de un hijo. Por lo tanto resulta $ 11.590, siendo el impuesto a pagar de $ 1.159.

El cálculo sobre el impuesto a pagar se realiza en base a Base de Prestaciones y Contribuciones. El valor actual es de $ 1.482, por lo cual el monto de ingresos no gravados llega a $ 7.410 mensuales.

De $ 7.411 a $ 14.820 el impuesto es de 10%, entre $ 14.821 y $ 22.230 de 15%. De $ 22.231 y $ 74.100 de 20%, de $ 74.101 a $ 148.200 de 22% y de 148.201 al final de 25%.

Por ejemplo, si una persona percibe un ingreso líquido de $ 10.000, deberá pagar $ 259 de Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.

Si su sueldo fuera de $ 20 mil líquido y tuviera un hijo, el monto a pagar con deducción del gasto mutual se ubicará en $ 1.159 por mes.

Si tuviera un sueldo líquido de $ 25 mil, y dos hijos, el monto a pagar se ubicaría en $ 1.105 y con un solo hijo sería de $ 1.205.

Con un ingreso líquido de $ 35 mil y un hijo, el monto impositivo a pagar se ubicará mensualmente en $ 2.296 y con dos hijos en $ 2.146.

Se realiza la salvedad de que los hijos deben tener, para poder realizar estas deducciones, cobertura mutual.

 

Impuestos a empresas

En materia empresarial, el proyecto tiende netamente a beneficiar a quienes lleven adelante emprendimientos productivos, ya que se prevé la exoneración del pago de hasta el 40% del impuesto a la renta neta, para aquellos que en algunos casos efectúen inversiones.

En la actualidad, las empresas pagan el Impuesto a la Renta de Industria y Comercio (30%) y el Impuesto a la Renta Agropecuaria (30%), pero ahora pasarán a tributar el Impuesto a la Renta Empresarial (IRAE), que será de un 25% sobre las utilidades líquidas.

Se establece que en el caso del sector rural, los pequeños productores pueden optar por seguir tributando el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (Imeba).

Otro cambio no menor es que todos los sectores deberán tributar, ya que se eliminan las exoneraciones existentes.

De esta manera el sector industrial y comercial pagará U$S 170 millones menos que en la actualidad. En el Parlamento, los sectores que critican la reforma señalan que esa cifra será compensada con U$S 60 millones más que aportarán los pasivos, U$S 35 millones de los profesionales universitarios y U$S 20 millones que saldrán de la tributación por alquileres e intereses de los depósitos bancarios. Se debe tener en cuenta que el proyecto prevé que existirá un déficit de U$S 72,9 millones, si se comparan los actuales ingresos con los proyectados.

 

Menos aportes patronales y tasa para control del BCU

En materia de aportes patronales, éstos se unifican en 7,5%, con exoneraciones para instituciones privadas de enseñanza y organizaciones sociales. Se busca, de esta manera, fomentar el empleo en el sector comercio y servicios, ya que para éstos la baja de aportes se baja, pero se sube para la industria.

También están previstos cambios en la manera de aportar de la construcción y el sector rural, los cuales se instrumentarán en la reglamentación de la ley.

Dentro del proyecto también se indica la creación de la «Tasa de Control Regulatorio del Sistema Financiero». Esta tasa se aplicará a todas las instituciones que controla el Banco Central.

Es del uno por mil anual de todos los activos que administren bancos y casas de cambio, y de dos por mil de las comisiones cobradas por las administradoras de ahorro previsional (AFAP).

 

Crean el Fondo de Garantía y la baja en el IVA

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es actualmente de 23% (tasa básica) y 14% (tasa mínima).

Uno de los aspectos principales es que casi ningún producto o servicio quedará exonerado de este impuesto. Si se considera que se elimina el Cofis, la carga tributaria bajará del 26% al 22% y del 17% al 10%, quedando el IVA básico en 22% y el mínimo en 10%.

En el proyecto que se remitirá al Parlamento se establece que el gobierno buscar bajar «cuanto antes» el IVA básico del 22% al 21%.

Pasarán a pagar la tasa mínima de 10% de IVA, el gasoil, el suministro de energía eléctrica a las comunas, la primera venta de inmuebles, los servicios de salud y el transporte terrestre de pasajeros.

Con el 22% se gravará el agua potable (a partir de un determinado consumo), las frutas y verduras, la leche larga vida y saborizada y la prestación de servicios financieros a empresas que paguen IRAE.

Se exceptúa del pago de IVA la importación de ómnibus, servicios hoteleros en baja temporada, y algunos emprendimientos relacionados con la construcción.

Otra novedad incluida en el proyecto de ley de reforma tributaria es la creación del Fondo Nacional de Garantía, el cual será para asegurar el pago de los créditos que tomen las micro y pequeñas empresas.

El monto total del fondo será de U$S 2 millones y se financia con el pago de impuestos de empresas contribuyentes del IRAE.

Si bien es un proyecto impositivo, el tema ambiental no queda afuera.

Las bebidas gasificadas pagan Imesi y la alícuota será aumentada a aquellas que se venden en envases descartables, ya que se busca que éstos disminuyan. Se ha señalado que los envases descartables de plástico constituyen una fuente de importante contaminación. El Imesi a estas bebidas podría llegar al 30%.

Por otra parte, se gravará con Imesi de 23% al champán, la sidra, el vermut y el vino.

 

Impuesto por alquileres e intereses bancarios

Otro aspecto importante en el proyecto es que se prevé que el impuesto a la renta de las personas físicas grave la renta de alquileres.

La misma será de un 10%, pero en el proyecto se incorpora una v
ariación importante: se podrá deducir el pago del impuesto a Primaria, la Contribución Inmobiliaria y la comisión que cobran las inmobiliarias por administración o suscripción de contratos. En materia de intereses de depósitos, el proyecto plantea una tasa del 10% para los intereses devengados por colocaciones en moneda extranjera e intereses por deuda emitida por privados, y de 3% para los intereses por depósitos en moneda nacional a más de un año.

En el caso de que la deuda privada sea mayor a tres años y cotice en Bolsa, el interés será de 3%. Se agrega una tasa de 5% para depósitos en moneda nacional, a un año o menos de un año.

Quedan exonerados de pagar el impuesto a la renta los intereses devengados por títulos públicos y las ganancias generadas por los fondos de ahorro previsional. *

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje