Gobierno analiza derogar ley que habilita creación de SAFI
Un informe elevado al Poder Ejecutivo al respecto propone la derogación de la ley «en el menor plazo posible», fundamentando extensamente esta argumentación.
Pero, en el caso de que el gobierno no lo hiciera, propone modificar la tributación de las mismas e «individualizar con responsabilidad civil y penal a aquellas personas que presentan las declaraciones anuales sobre el contenido de las mismas de casa SAFI.
Señala el Informe, con respecto al primer punto, la necesidad de «aumentar la tasa del tres por mil al 1,5% (podría llevarse al 2%) la tasa vigente para las sociedades anónimas comunes. La tasa elegida se aplicaría sobre un patrimonio ficto mínimo, igual al que corresponde al tipo de cambio del equivalente de U$S 100.000; en la fecha de cierre de cada ejercicio (ya que todas las SAFI tienen un capital autorizado de U$S 100.000)».
Se propone dicho monto, por dos motivos: primero que la DGI carece de medios para conocer realmente el valor del patrimonio, ya que los bienes y obligaciones están en el exterior del país y segundo por ser el monto de U$S 100.000, la cifra que la mayoría de las SAFI al crearse establece como «Capital autorizado».
Podría no aplicarse sobre «ese ficto» siempre que al presentarse la Declaración Jurada anual, la misma contara con la firma de un profesional uruguayo (Contador, Abogado, Escribano, etc.) que fuera responsable a lo establecido como cifras en la declaración jurada.
EN cuanto a «la individualización» se entiende que en un gobierno progresista que busca la «transparencia», no puede continuar el Uruguay siendo un país sede o custodio de negocios o bienes de otros países, que al adoptar las SAFI ocultan a otro gobierno la realidad fiscal y/o delictiva. «Como se puede ver, tampoco se justifica estar caminando en el pretil de la legalidad internacional, corriendo el riesgo de que declaren al Uruguay paraíso fiscal, con todas las connotaciones negativas que ello tiene, por unos pocos pesos» concluye.
El pecado se cometió en 1948
Las Sociedades Anónimas Financieras de Inversión (SAFI) están habilitadas para funcionar en nuestro país desde 1948. De acuerdo con la ley madre los únicos bienes que estas sociedades pueden tener dentro del territorio nacional son cuentas bancarias, siempre que los saldos de las mismas no superen la décima parte total de bienes. También pueden ser tenedoras de títulos de deuda del Estado y acciones de otras sociedades de su misma clase.
Sin embargo, no están autorizadas para participar en la vida económica del país en sus distintas modalidades. No pueden contratar préstamos bancarios o particulares, ni realizar inversiones en empresas nacionales, ni ser propietarias de inmuebles en Uruguay; tampoco están habilitadas para participar en licitaciones públicas o privadas, ni ingresar dineros al país que sean producto de ganancias obtenidas o ventas realizadas en el exterior.
En cambio están autorizadas a realizar actividades comerciales en el exterior, por cuenta propia o de terceros.
Es decir, si bien no importa lo que hagan fuera de fronteras lo importante que en casa, no.
Desde el punto de vista impositivo, estas empresas están obligadas a pagar un único impuesto anual de tres por mil de su capital y reservas.
Esa tributación está muy por debajo de las obligaciones fiscales que deben cumplir las sociedades anónimas nacionales, que están gravadas por el Impuesto al Patrimonio igual a cinco veces el impuesto de las SAFI (1,5 %) más lo que corresponda del impuesto a las ganancias (IRIC).
Como las SAFI no pagan IRIC pues en caso de tener utilidades son generadas en el exterior las mismas están exentas de IRIC, mientras que las Sociedades Anónimas comunes cuando no tributan IRIC deben pagar una tasa del 2%.
Al amparo de esta extraña ley, están registradas y vigentes al 31 de diciembre de 2004, más de 18.000 SAFI. De acuerdo a las publicaciones en el Diario Oficial, se crearon en el año 2004, 1.404 SAFI y en 2005, 1.310.
¿Virtudes?
Se podrá decir que alguna virtud deben tener que oficie de contrapeso para el mantenimiento de una legislación que ampare a tan extrañas empresas.
Por ejemplo, las SAFI han aportado, en el año cerrado en 2003, ciento noventa y cinco millones de pesos. Si se compara con la recaudación total de la Dirección General Impositiva (DGI) significa menos del cuatro por mil de la recaudación; de lo que habría que restar la evasión de otros impuestos que su existencia lleva implícita, aunque, claro, esto no se puede cuantificar.
También puede considerarse que esa cifra la aportan 18.000 empresas al 31-12-03, por lo que a cada una le corresponderán 11.478 pesos anuales, es decir 957 pesos mensuales.
Esa cifra es inferior en quinientos pesos mensuales a lo que debe abonar una microempresa instalada; un kiosquito, un puesto de verduras, cifra igual a la que tributa mensualmente un trabajador con una retribución mensual de $ 15.950 por concepto del Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) a la tasa rebajada del 6%.
Diferente es el asunto, si se considera el extraordinario negocio que significan las SAFI para estudios jurídicos y contables que se dediquen a la industria de su fabricación y/o su atención profesional.
Para muestra…
El ex ministro de Economía, Ignacio de Posadas, opina contra la suspensión total de las SAFI a partir de 2010 (Proyecto de Reforma Tributaria) como «una zoncera» y grave «error» por la «mano de obra» que se perderá y la baja de recaudación tributaria.
Amén, claro, de aquellos que apelan a las ventajas de ocultar fondos que no conviene que alguien se entere que tienen, porque vaya a saber qué suerte pueden correr el día que les pidan que expliquen los orígenes.
Digamos, por ejemplo y hablando de algo que pasó hace poco tiempo: los bancos extranjeros que figuraban aquí como propietarios del capital accionario del Banco Comercial fundido, reniegan de hacer frente a sus obligaciones con los depositantes, porque, en realidad los dueños no eran ellos, sino SAFI con domicilio en uno de los llamados paraísos fiscales.
Viene al caso, por último, lo ocurrido en la Argentina con el incendio de la discoteca Cromagnon, con casi 200 muertos, cuyo «propietario» es una SAFI (uruguaya), de la que figuran como directores dos uruguayos carentes de bienes e ignorantes de lo que es una sociedad de estas características. Sólo por recibir unos pesos figuran como directores, lo que es una práctica habitual en todas las SAFI. *
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