Para el intendente de Paysandú no existió ninguna irregularidad

Un contribuyente debía más de 200 mil dólares y pago sólo 30 mil

El salteño Luis Rattín Siemens debía a la comuna sanducera una suma superior a los 200 mil dólares por concepto de deudas tributarias que mantenía con la entidad sanducera desde el año 1990.

Teniendo en cuenta las multas y recargos que se generaron en estos años, dicha deuda se convirtió en impagable, por lo que el empresario solicitó una quita. Por su parte, la Intendencia Municipal de Paysandú (IMP) ya había iniciado juicio ejecutivo contra Rattín intimándolo al pago de lo adeudado por concepto de contribución inmobiliaria rural, correspondiente al padrón Nº 7465 propiedad del salteño. Éste no respondió, pero  negociaciones mediante  en agosto del pasado año, el abogado municipal Martín Etchebarne, solicitó el inicio de un juicio tributario y trabó el embargo. Un mes más tarde, el empresario salteño paga al contado a la IMP, un total de 30 mil dólares por la totalidad del impuesto de contribución Inmobiliaria Rural y el embargo se levanta.

Por su parte la IMP entiende que la transacción para el municipio fue beneficiosa, desde que «respeta lo dispuesto por las leyes tributarias, conservando el valor íntegro del tributo y de las multas».

La asesoría mientras tanto, sostiene que «a la hora de la transacción, se tuvo en cuenta el valor de cada cuota del tributo exigible, transformada en su equivalente a dólares de la época, más la multa por mora y parte de los recargos».

«Todo está bien hecho»

«Al total de la deuda, que eran unos 290 mil dólares se le quita unos dos millones de pesos porque había una prescripción mediante y la misma queda en 176 mil dólares.

La prescripción  según la Ley  significa que si en 10 años no ejercitó acción, la intendencia pierde todo derecho que exceda esos 10 años, por lo que lo único que la institución puede cobrar es la deuda generada de hace 10 años a la fecha», explicó Lamas a LA REPUBLICA.

Agregó que el criterio que tomó la comuna para realizar esta importante quita al ciudadano salteño, así como lo había tomado con otros casos similares, es «que las formas de pago no sean más beneficiosos para el contribuyente que aquellos que ya han sido aprobados por la Junta.

En su momento, ésta había aprobado un régimen especial de pago de tributos y refinanciación.

Nosotros tomamos como criterio hoy, la forma de pago que la Junta ya había aprobado en el año 2000″, dijo. «Se toma la deuda sin multas ni recargos y se pasa a dólares de aquélla época.

Con esto la IMP no perdió poder adquisitivo», agregó, al tiempo que aseguró que una vez que este caso vaya al Tribunal de Cuentas, se presentarán todos los documentos pertinentes, demostrando cómo se llegó a la cifra de 30 mil dólares y el hecho quedará aclarado. *

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