Reclaman aprobación de reglamento sobre Ley de Parques Industriales
La ley, aprobada en agosto de 2002, confiere respaldo jurídico a una modalidad que permite promover las inversiones con instrumentos que la facilitan «como lo es la promoción de radicación en determinadas zonas cuya promoción interesa, la optimización de recursos necesarios para el proceso industrial cuyos costos disminuyen por una utilización colectiva, la adecuada planificación territorial y urbana, y la selección y aplicación de mecanismos preventivos de impacto ambiental».
El legislador destacó que «resulta obvia la contribución que la reglamentación urgente de esta legislación significa para la promoción del empleo, especialmente en aquellas zonas históricamente deprimidas en razón de la lejanía del departamento de Montevideo».
Algunas intendencias como las de San José y Durazno ya desarrollan acciones para establecer zonas de estas características mientras esperan la reglamentación de la ley «que permita promoverlas e invitar a la radicación de inversiones».
Destacó Trobo que la ley no solamente se puede y debe utilizar para apoyar el desarrollo del interior del país, sino también para impulsar la zona de influencia de Montevideo, aludiendo al «intenso desarrollo de actividades en el Parque Tecnológico Industrial del Cerro» que ha facilitado la «reinstalación de empresas en ambientes urbanos o suburbanos adecuados, promoviendo la disminución de costos y el consecuente aumento de competitividad de las industrias y empresas que se radican en ellos.
El legislador del Herrerismo recordó que la promoción y la radicación de las inversiones es el mejor instrumento de fomento y creación de empleos y, «el empleo es la demanda que con intensidad y angustia realizan a diario los uruguayos». Por ello «no es posible demorar un instante más allá del imprescindible para poner en marcha los instrumentos que permitan radicar inversiones dándoles respaldo, apoyo, condiciones para que sean competitivas tanto para el mercado interno como para el comercio exterior». Por ello, a «más de un año y medio, 19 meses, de promulgada la ley y que aún no se han conocido las condiciones reglamentarias, este instrumento no ha sido otra cosa que una buena y sana intención que no se practica». *
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