Estricto control sobre bebidas refrescantes
El Poder Ejecutivo emitió el decreto por el cual se establecen normas para los fabricantes de bebidas sin alcohol.
Esta reglamentación se realiza después que el Parlamento aprobó una ley que había sido solicitada desde hace tiempo por un grupo de fábricas de bebidas refrescantes y el gremio de los trabajadores de la bebida.
Con el decreto se espera sacar de circulación a decenas de marcas que existen a nivel nacional, las cuales no tienen controles por fabricarse de manera clandestina.
El decreto establece que el Ministerio de Industria, Energía y Minería publicará la nómina con las bebidas cuya marca corresponda a empresas autorizadas, así como la de las que fueran dadas de baja en la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial o fueran suspendidas, con indicación del plazo. Se faculta a la Dirección General lmpositiva (DGI) a efectuar el decomiso de las bebidas fabricadas en el país no incluidas en la nómina cuya marca corresponda a empresas autorizadas. También se indica que no sólo los fabricantes podrán ser pasibles de sanciones, sino también los distribuidores, transportistas o quienes las vendan al público. La sanción puede llegar a una multa de hasta cien veces el Impuesto Específico Interno (Imesi) que correspondería aplicar a una bebida similar a aquella respecto a la que se constató la infracción. *
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