Free shops de Chuy protestan por canon que llega a varios millones de dólares
El decreto, que argumenta la necesidad de incrementar la actividad comercial y los niveles de empleo, reduce a la mitad el porcentaje a pagar por concepto de canon en el movimiento de mercaderías y triplica la lista de artículos habilitados para venderse en los free shops. Pero como contraparte exige el pago adelantado de un canon mínimo trianual que para el caso de Chuy está estipulado en cinco millones de dólares.
El decreto que modifica el funcionamiento de los depósitos fiscales únicos de Chuy y Rivera ha marcado la reacción e inicio de una ronda de contactos por parte de los comerciantes de free shop de este departamento. Si bien la normativa, que aún no está en vigencia, establece una importante reducción del canon a pagar por mercadería que llega al depósito fiscal para luego ser comercializada en los free shops, también impone un monto mínimo a pagar que según los administradores del depósito es muy diferente a la recaudación de los últimos años.
También podrían registrarse cambios en la administración del depósito fiscal.
En el depósito fiscal se recibe toda la mercadería que ingresa al país para venderse en los distintos free shops. Allí hay una oficina de la Dirección Nacional de Aduanas que cuenta con tres funcionarios que realizan el control de los objetos ingresados y establecen el canon a abonar.
Aduanas debe controlar básicamente que los documentos que se presentan coincidan con la mercadería que llega a ese destino. Luego de ese trámite cada una de las empresas retira la misma con destino a los distintos comercios.
Para el cumplimiento de estas tareas hay ocho funcionarios y está gestionada desde 1993 por una Sociedad Anónima llamada Garden SA, que está integrada por 10 comerciantes de free shops.
Inicialmente la sociedad representaba al 100% del total de comercios que estaban habilitados a operar bajo el régimen señalado.
Según la información aportada por la empresa, en el año 2002 se pagó un canon aproximado de un millón de dólares; años atrás era mayor la cifra, pero señalan que estos volúmenes han ido decreciendo debido a una reducción en las ventas que han hecho bajar las compras realizadas.
El decreto
El decreto de modificación en el funcionamiento de los depósitos fiscales fue promulgado por Presidencia de la República el pasado 2 de abril.
Entre las argumentaciones para imprimir modificaciones, el gobierno uruguayo señala que dichas modificaciones obedecen, principalmente, a la intención de incrementar la actividad comercial y los niveles de empleo en las ciudades amparadas en el régimen especial de ventas, así como establecer normas infraccionales más severas incorporando la responsabilidad solidaria de otros actores del referido régimen.
De esta forma se establece que «en los referidos depósitos deberán registrarse, en tiempo real, los movimientos de entrada y salida de los bienes, por medio de un sistema electrónico autorizado por la Dirección Nacional de Aduanas, la que tendrá libre acceso informático al mismo, al igual que la Dirección General Impositiva».
El texto de la modificación dice que la administración del depósito estará a cargo de una sociedad anónima con acciones nominativas, la que deberá estar integrada por un mínimo del 70% de las empresas autorizadas a la venta de mercaderías en este régimen. El decreto habilita la posibilidad de que la administradora de los depósitos fiscales pague por adelantado el canon para el manejo de mercadería y, en ese caso, señala un mínimo de cinco millones de dólares en tres años.
El canon nunca podrá ser inferior al 7,5%, 8% y 8,5%, para el primero, segundo y tercer año, respectivamente, del valor de la mercadería salida del depósito. Según las fuentes consultadas, estos nuevos porcentajes son sensiblemente inferiores a los que se abonan por concepto de canon en el actualidad y por esa razón se afirman que señalar que el monto mínimo estipulado no se ajusta para nada a la realidad de los últimos pagos que se han realizado, reiterando que el movimiento de mercadería actual es menor que en años anteriores. Este beneficio, como otros que incorpora el decreto, son de acceso en caso de asumirlo en todos sus términos, de lo contrario no se llegaría a los mismos, según interpretaron algunos comerciantes consultados en las últimas horas.
Por ejemplo, un beneficio importante es el notorio aumento de artículos habilitados para comercializar en los free shops. En la actualidad hay 800 artículos que se pueden comercializar en estos comercios, y la puesta en vigencia del decreto señalado lleva esta lista a más de 2.000 artículos de variada gama. Por ejemplo, accesorios y piezas de automóviles importados. Según ha señalado un comerciante, esto puede diversificar la oferta ya que actualmente todos se dedican a los mismos rubros.
Reacciones
Si bien inicialmente se han marcado algunas diferencias, los comerciantes fronterizos están en permanente comunicación entre ellos para analizar estos cambios señalados y mientras tanto se mantienen en contacto con sus pares de Rivera y Río Branco a efectos de recibir el mayor flujo de información posible. Una de las fuentes consultadas indicó que seguramente para la semana entrante tendrán una opinión concreta sobre estas modificaciones ya que actualmente existen varias dudas sobre la puesta en práctica del decreto. *
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