El Senado vota ley que controla la fabricación de bebidas refrescantes
Este proyecto, que cuenta con el apoyo de empresarios y trabajadores del sector de la bebida, establece que las empresas fabricantes de bebidas sin alcohol sólo podrán ejercer su actividad cuando cuenten con la autorización expresa del Poder Ejecutivo.
Para esto deberán también tener todos los requisitos que en materia bromatológica establece el Ministerio de Salud Pública.
A esto se suma que también esas empresas deberán contar con la autorización de los gobiernos departamentales competentes.
En el ámbito empresarial de las bebidas refrescantes se ha señalado que proliferan por todo el país decenas de marcas de este tipo de bebidas, las cuales se fabrican en lugares clandestinos, sin ningún tipo de control bromatológico y poniendo en peligro la salud de la población.
El proyecto de ley, con el cual se pretende también frenar la evasión fiscal de estas empresas ilegales, tuvo un agregado en su artículo 1° un nuevo punto en el cual se señala que las empresas deben «cumplir con los requisitos ambientales exigidos por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, incluyendo los relativos al tratamiento de los efluentes líquidos».
Por otra parte se ha señalado que el artículo tres quedará redactado de la siguiente manera: «El Ministerio de Economía y Finanzas exigirá a todos los contribuyentes a que refiere el artículo 1° y las empresas propietarias de las marcas que fabriquen sus productos en terceras empresas, garantías suficientes que aseguren el regular cumplimiento de sus obligaciones tributarias», eliminando la segunda parte referida al establecimiento de un monto de impuesto específico interno.
Incorpora un 5º artículo que lee: «Cuando el Ministerio de Economía y Finanzas constatara el incumplimiento superviniente de los requisitos exigidos en el artículo 1° de la presente ley, caducará la autorización para ejercer la actividad».
Se espera que tras la aprobación de la ley se comiencen a efectuar estrictos controles, ya que son más de 60 las marcas de refrescos que circulan a nivel nacional, siendo gran parte de éstas ilegal.
La ley también faculta al Poder Ejecutivo a publicar en la prensa el listado de las empresas autorizadas a la fabricación de refrescos y las marcas de éstas.
Se considera tanto a nivel del Centro de Fabricantes de Bebidas (empresarios) como de la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (trabajadores) que la aprobación de la ley redundará no sólo en mayores beneficios para el Estado, sino también para la población ya que sabrá que los refrescos que consume tienen controles de tipo bromatológico. *
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