Fijan plazo para presentar recursos contra bancos suspendidos

El Banco Central del Uruguay comunicó que las personas físicas o jurídicas que consideren tener algún derecho contra los bancos La Caja Obrera, Comercial y Montevideo, todos ellos en vías de liquidación, el cual no estuviera reconocido en los balances de la institución al 31 de diciembre de 2002, deberán hacerlo valer por la vía que prevé la Ley de Bancos (ley 17.613), de reciente aprobación, en su artículo 14.

El artículo establece que «compete al BCU, como liquidador, la verificación de créditos, la definición de masa solvente e insolvente, la conversión de obligaciones en moneda nacional o extranjera o en Unidades Reajustables, u otros procedimientos de actualización monetaria, la determinación del orden de preferencias en los pagos, el prorrateo de los fondos y demás competencias que sean necesarias para el logro de sus fines».

La interposición de la vía recursiva para todas o alguna de estas resoluciones se deberá presentar en el plazo de diez días corridos a partir del 1 de febrero de 2003, «expirando indefectiblemente» el 10 de febrero de 2003, según aclara el comunicado del BCU.

Se especifica que los recursos deberán ser presentados en las casas centrales y en cada una de las sucursales de las instituciones mencionadas. El teléfono por el cual se puede ampliar la información es el 0800 1967. *

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