Vence plazo de ahorristas del TCB para reclamar
Corren grave riesgo de quedar al margen de cualquier reclamación los ahorristas del Trade & Commerce Bank (TCB) que antes del 31 de enero no presenten una carta explicando que sus fondos fueron transferidos a esa institución sin su consentimiento, por lo que deben ser tratados como ahorristas del Banco Montevideo, o que antes del 3 de febrero presenten un recurso administrativo por el mismo tema.
El artículo 14 de la ley Nº 17.613 (de Fortalecimiento del Sistema Bancario, intermediación financiera, protección del ahorro bancario y subsidio por desempleo para afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias), más conocida como Ley de Bancos, expresa que luego del plazo previsto «deberá deducirse cualquier reclamación contra esos actos, incluso las que deriven de la invocación de nulidad o anulabilidad de actos anteriores de la sociedad en liquidación». Si bien una gran parte de los ahorristas del TCB ya está en conocimiento del plazo para presentar una carta explicando cada situación, la que será analizada por una comisión de tres miembros elegidos por el Poder Ejecutivo (aún no nominados) que decidirá quiénes serán considerados ahorristas del Banco Montevideo y quiénes no, muchos desconocen la posibilidad de presentar un recurso administrativo ante el Banco Central planteando todas sus reclamaciones, el que luego de analizar cada caso marcará su posición. De ser contraria la decisión a los recursos, los afectados pueden presentar un recurso de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
En última instancia resuelve el TCA
En la carta cuyo plazo de presentación vence el 31 de enero, los depositantes deben solicitar ser tomados como ahorristas del Banco Montevideo, explicando que les trasladaron su dinero al TCB sin consentimiento.
Pero amén de la carta, la Ley de Bancos también prevé la posiblidad, para quienes tengan reclamaciones contra los bancos intervenidos, de presentar un recurso administrativo para que se revean actos anteriores a la suspensión de las instituciones intervenidas.
Según la ley, el recurso debe presentarse con la firma de un abogado.
Si el TCA resuelve dejar sin efecto el traslado de dinero del Banco Montevideo al TCB del ahorrista que presentó el recurso, automáticamente éste se convierte en ahorrista del Banco Montevideo sin necesidad de que decida la comisión que depende del Poder Ejecutivo. *
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