EXCLUSIVO - VIOLETAS NO PODRIAN REGISTRAR CONTRATOS EN LA AUF POR MAS DE U$S 20.000 POR MES

Ejecutivo aprieta fallo de Emerson para proteger a Defensor Sporting

El Consejo Ejecutivo de la AUF tiene apretado hace más de 45 días el fallo del Tribunal Arbitral que condenó a Defensor Sporting ha pagar U$S 16.000 al futbolista Emerson por concepto del 20% de su pase a China, porque su promulgación significaría la pérdida automática de la exención que posee el club para registrar contratos libremente. La conducta económica de los violetas, que hace años que no tienen reclamos en los tribunales de la AUF de futbolistas libres ni de entrenadores, les permitió quedar por fuera del régimen de los U$S 20.000 para registrar contratos en la AUF, junto con los dos «grandes», Danubio, Bella Vista y Wanderers.

La condena del Tribunal Arbitral, que preside la doctora Milca Núñez, según establecen las Normas de Saneamiento Económico y de Ordenamiento Financiero de los Clubes Profesionales, deja a Defensor Sporting sin el beneficio, porque el monto de la misma supera los U$S 10.000 establecidos para recibir el beneficio.

«A partir del año 2001, los contratos que registren en la AUF los clubes de la Liga de Primera División Profesional, con jugadores y entrenadores por sueldos, primas y premios y retribuciones de cualquier concepto, no podrán en su conjunto superar los U$S 20.000 mensuales o su equivalente en pesos uruguayos», dice el artículo 1º de las normas.

Quedan fuera del sistema las instituciones que en las dos últimas temporadas consecutivas no hayan registrado en la AUF deudas reconocidas o laudadas por los tribunales con jugadores o entrenadores, correspondientes a obligaciones generadas por contratos de esas temporadas, superiores a los U$S 10.000 (el fallo de Emerson es de U$S 16.000) en su totalidad, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Estatuto del Jugador del Fútbol Profesional y Entrenador.

La maniobra del Ejecutivo

Nunca en la AUF un fallo de un Tribunal Arbitral tardó tanto tiempo para ser promulgado por el Consejo Ejecutivo.

El Reglamento General establece que el efecto jurídico de las sentencias se genera a partir de la promulgación de la resolución del Tribunal, por lo que la maniobra del Consejo Ejecutivo, al meter el expediente en un cajón, no tiene otra lectura que beneficiar al condenado (Defensor Sporting) para que no pierda el beneficio de las Normas de Saneamiento Económico.

De promulgar el fallo de Emerson el Ejecutivo, antes de registrar Defensor Sporting los contratos de jugadores y técnicos para la temporada 2002, automáticamente, quedaría incorporardo al régimen general y por lo tanto, el monto de los mismos no podría superar los U$S 20.000 mensuales.

La estrategia, según surge de los hechos, es permitir a los violetas registrar los contratos para el año próximo y luego recién promulgar el fallo, de modo de no violar las disposiciones vigentes.

LA REPUBLICA consultó al abogado de Emerson, doctor Luis Compañ (asesor rentado del CA Peñarol) sobre los motivos de la demora en la promulgación del fallo y dijo desconocer los mismos. De todos modos, le llamó la atención la lentitud del Ejecutivo para cumplir con la sentencia del Tribunal Arbitral que beneficia a su cliente *

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