Tribunal ratificó que la sanción que pidió Peñarol no está prevista
Tal cual lo había adelantado LA REPUBLICA hace más de diez días, el Tribunal de Conciliación de la AUF, por unanimidad, rechazó la denuncia contra Juventud, le quitó los tres puntos al equipo de Las Piedras y no se los otorgó a Peñarol, como éste lo había solicitado. En un extenso alegato de 15 carillas mecanografiadas a doble espacio, los doctores Carlos Alles (presidente), Daniel Artecona (h) y Juan Bocage pulverizaron los argumentos jurídicos que Peñarol había presentado en la audiencia del pasado jueves, por entender que «en materia sancionatoria, para que el órgano de aplicación pueda aplicar una sanción, la misma debe estar expresamente prevista en la norma. Si determinada sanción no está prevista, no existe un vacío (como reclamó Peñarol) sino que debe interpretarse que el legislador o reglamentador no quiso que la misma se aplicara, porque valoró que la gravedad de la infracción no daba mérito a ello. En el caso concreto, hay una sanción prevista (pérdida de puntos) y a ella debemos atenernos. Si este Tribunal extendiera la sanción a la adjudicación de puntos al ocasional adversario, se estaría sustituyendo indebidamente a la voluntad del reglamentador», expresó el Tribunal de Conciliación.
Interpretar lo que dicen las normas
En su alegato los aurinegros habían argumentado que, si no les otorgaba el Tribunal los puntos, se estaba favoreciendo al club infractor y podía alentar a otras instituciones, en el futuro, a utilizar a futbolistas inhabilitados como ocurrió en el caso de Marcelo Moreno, que no tenía contrato registrado en la AUF, para perjudicar a otros equipos.
El Tribunal de Conciliación discrepó en la utilización intencional de jugadores inhabilitados porque en ese caso, podría dar mérito a la desafiliación del club involucrado ( Art. 7° del Reglamento General).
«En definitiva, y pese a que el Tribunal valora en su debida forma el esfuerzo argumental realizado por el CA Peñarol, no se advierten razones para apartarse de la jurisprudencia anterior de este órgano –que LA REPUBLICA había destacado en su momento y permitió adelantar el tenor del fallo con tanta anticipación– respecto de atenerse en forma estricta a la sanción expresamente prevista para cada tipo de infracción en el Reglamento General y Anexos. Esa es la solución que jurídicamente corresponde y de la que este Tribunal no puede apartarse».
Peñarol también había enfatizado en la ponderación que el Tribunal iba a hacer respecto a los goles, en caso de ser necesario una definición por diferencia de tantos en la tabla del Clausura. Al respecto el órgano jurisdiccional también se pronunció:
«El Tribunal debe limitarse a aplicar la medida que el Reglamento prevé (pérdida de puntos) y cometería un exceso de poder injustificable si –además– pretendiera atribuir o quitar goles (inventando un resultado) sin respaldo normativo alguno. Obsérvese que en la hipótesis que el Tribunal hubiera resuelto otorgar los puntos a Peñarol, no podía haber determinado modificación alguna del tanteador del partido», acotó el cuerpo.
Aprovechando el argumento que Peñarol había esgrimido, respecto a la sanción que el Consejo Juvenil de Montevideo le había aplicado, en un partido de 7ª División contra Fénix, otorgándole los tres puntos al equipo de Capurro –un jugador aurinegro jugó sin ficha médica– el Tribunal también fue categórico y no dejó pasar por alto ese abuso de poder que ostentó el Consejo cuando adoptó esa sanción, no prevista en el Reglamento General.
«Este Tribunal debe manifestar su discrepancia con la resolución del Consejo Unico Juvenil, de adjudicarle los puntos al CA Fénix».
Resumiendo, Peñarol volvió a cosechar una nueva derrota en la AUF –esta vez jurídica–. Esto demuestra que políticamente el club debería cambiar de estrategia, porque hace rato que está pegando más en la herradura que en el clavo. *
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