Mesa Ejecutiva debió fallar en la denuncia que hizo Peñarol
Un fallo del 2 de julio de 1999, del Tribunal de Apelaciones de la AUF, determina que la decisión de la Mesa Ejecutiva de la Liga Profesional de Primera División no se ajustó al Reglamento General y que debió asumir competencia en el tema del reclamo de puntos que Peñarol hizo contra Juventud.
La jurisprudencia que deja mal parada a la Mesa Ejecutiva está relacionada con el reclamo que Racing hizo contra Fénix, cuando el club de Capurro fue dirigido por William Castro, a pesar de que no tenía título habilitante del Instituto Superior de Educación Física (ISEF) para ejercer el cargo como exige el Estatuto del Entrenador.
En junio de 1999, la Mesa Ejecutiva de la Segunda División Profesional, que presidía Eduardo Abulafia, asumió competencia y no le quitó los puntos a Fénix porque la situación de William Castro no encuadraba dentro de lo dispuesto por el Art. 10° del Estatuto del Entrenador.
Mesa Ejecutiva es competente
En el numeral II del Considerando de la Resolución, el Tribunal de Apelaciones, por unanimidad, conformado por los mismos integrantes de hoy día, se pronunció respaldando a la Mesa Ejecutiva en los siguientes términos:
« …como consideración preliminar corresponde advertir que se comparte la asignación de competencia a la Mesa Ejecutiva de la 2da. División Profesional, extensiva en situaciones similares para los organismos homólogos de la AUF para resolver acerca de toda cuestión relativa a presuntas violaciones de orden estatutario o reglamentario, no atribuidas expresamente a otros órganos (tribunales, etc.). Se trata, al amparo de lo dispuesto por el citado art. 29 literal d) del Estatuto de la AUF, de una atribución genérica y residual de competencias, dentro del cual queda contemplada la situación en análisis», decía el Tribunal de Apelaciones.
Teniendo en cuenta que los estatutos no han sufrido ninguna modificación respecto de las facultades de las Mesas Ejecutivas u órganos homólogos, la sentencia del Tribunal de Apelaciones de 1999, le estaría dando la razón al C.A. Peñarol y al contador Gervasio Gedanke, quien renunció por no compartir la posición de Hugo Jaurena y el doctor Juan Mailhos, cuando resolvieron por mayoría derivar el tema al Tribunal de Conciliación.
¿Tribunal mantendrá criterio?
La gran interrogante que surge ahora es qué comportamiento jurídico asumirá el Tribunal de Apelaciones, respecto al recurso que presentó Peñarol, al fallo de la Mesa Ejecutiva del pasado 24 de setiembre, cuando se negó a asumir competencia y derivó el expediente al Tribunal de Conciliación.
Si bien en nuestro país la jurisprudencia no es fuente de Derecho, es muy considerada por los diferentes órganos jurisdiccionales cuando tienen que impartir justicia.
No es caprichoso pensar que si en julio de 1999 el Tribunal de Apelaciones, por unanimidad, entendió que la Mesa Ejecutiva que presidía Abulafia había actuado correctamente cuando asumió competencia en el reclamo de Racing contra Fénix, por la inhabilitación del «Pato» Castro, ahora obligue a la Mesa que preside Hugo Jaurena a pronunciarse sobre la denuncia de Peñarol.
Claro está, esto no significa que los aurinegros tengan razón en lo que solicitaron, porque no está establecido en el Estatuto del Jugador Profesional que los puntos perdidos por un equipo que utilice a un futbolista sin contrato registrado en la AUF, deban otorgársele al adversario.
Al respecto, en el mismo fallo de julio de 1999, el Tribunal de Apelaciones dijo: «Es regla de principio en nuestro ordenamiento jurídico –consagrada a texto expreso en la norma máxima (Constitución de la República, Art. 10 y ccts.) y en sus reglamentarios textos legales (arts. 1°, 18° ccts. y complementarios del Código Penal) que no cabe pena alguna por acciones u omisiones no previstas expresamente en un texto normativo como pasibles de tal. O sea, «nulla poena sine lege».
Pese a que William Castro dirigió a Fénix violando el Estatuto del Entrenador, el Tribunal de Apelaciones no le quitó los puntos ni tampoco se los otorgó a Racing, porque el régimen punitivo no lo establecía.
Seguramente, en el caso Peñarol-Juventud de Las Piedras, el órgano va a mantener la misma interpretación. Es muy factible que le revoque la resolución a la Mesa Ejecutiva y la obligue a asumir competencia –como la hizo la de Abulafia en 1999– y después no le dé los puntos a Peñarol, cuando el caso vuelva a través de una apelación de las partes, en una segunda instancia procesal. *
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