FIFA emitió una circular sobre los pasaportes falsos
Una carta firmada por el Secretario General de la FIFA, el suizo Michel Zen-Ruffinen, enviada a todas las asociaciones nacionales afiliadas al máximo organismo del fútbol mundial, expresó que todos los futbolistas sancionados por los pasaportes falsos no podrán disputar partido alguno en ninguna liga del mundo.
Por ejemplo, Alvaro Recoba podrá jugar la Copa UEFA y los partidos amistosos que realice su equipo, el Inter de Milán, también lo puede hacere en su Selección, pero no estará habilitado para jugar en ninguna liga del mundo hasta tanto no cumpla la sanción que expira el 30 de junio del próximo año.
A continuación transcribimos textualmente el comunicado que se inicia de la siguiente manera: «Hacemos referencia a nuestras circulares Nº 739 del 2 de febrero de 2001 y Nº 749 del 9 de abril de 2001 sobre el alarmante problema de la falsificación de pasaportes para jugadores. El Comité Ejecutivo de la FIFA decidió el 5 de julio de 2001 que no se extenderán a competiciones internacionales las suspensiones de jugadores infractores que hayan sido pronunciadas por asociaciones nacionales.
No obstante, se señaló que, conforme al artículo 11 del Reglamento FIFA sobre el estatuto y la transferencia de jugadores, las asociaciones nacionales no expedirán un certificado de transferencia internacional a un jugador suspendido por motivos disciplinarios cuando se solicite una transferencia.
Consecuentemente, un jugador suspendido por una asociación nacional no podrá ser registrado por otra asociación durante el período de suspensión».
«Algunas asociaciones se muestran indulgentes»
Varias asociaciones se mostraron indulgentes, antes de la intervención de la FIFA, motivo que provocó «cierta bronca» en más de un abogado interventor.
A raíz de ello, el comunicado prosigue manifestando: «En el ínterin se constató que, por cuanto a la sanción de jugadores infractores, las asociaciones nacionales adoptaron medidas punitivas que difieren notablemente entre sí. Algunas asociaciones nacionales se muestran indulgentes al castigar a jugadores que incurrieron en la falsificación de pasaportes o proporcionando información errónea para obtener un pasaporte, mientras que otras asociaciones nacionales imponen severas sanciones y suspensiones a los jugadores infractores. A consecuencia de esto, se crea una situación de discriminación entre los jugadores afectados, dado que el castigo dependerá completamente de la asociación nacional que juzga el caso». Finalmente, en la última sección del texto, se explica que:
«Teniendo en cuenta lo expuesto, y con objeto de evitar cualquier discriminación de los jugadores afectados, el Comité de Urgencia de la FIFA decidió, amparándose en el artículo 22 de los Estatutos de la FIFA, limitar la suspensión de los jugadores involucrados en la falsificación de pasaportes a las competiciones organizadas por los órganos competentes de la asociación nacional que trató el caso. Por tanto, se permite a las asociaciones nacionales expedir, a petición de otra asociación nacional, el certificado de transferencia internacional de un jugador suspendido por los motivos anteriormente expuestos». *
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