EL SHOW DE LA AUF: RATIFICO LEGITIMIDAD DE LA SANCION APLICADA A LOS INTERNACIONALES

Ejecutivo advirtió al grupo de Méndez que violó Estatuto de FIFA

El Consejo Ejecutivo de la AUF emitió un extenso comunicado, ratificando la resolución por la cual suspendió la nominación de los jueces de categoría internacional, debido al enfrentamiento que se registra en el seno de la gremial de Audaf que determinó la comparecencia del presidente Eugenio Figueredo, como testigo, en el juzgado Civil de 18° Turno.

El pasado 17, el grupo que lidera Gustavo Méndez, emitió un comunicado con la firma de 37 árbitros rechazando la violación a las normas reglamentarias de la AUF y de la FIFA, lo que motivó la inmediata reacción del Ejecutivo que precisó y fundamentó su resolución.

«La FIFA y la CSF, están constituidas por las asociaciones nacionales afiliadas a éstas, por sus clubes y miembros de los clubes. Es potestad de la CSF y la FIFA, en acuerdo con las asociaciones nacionales, establecer las condiciones de las nominaciones y designaciones de los árbitros internacionales, aplicando, en su caso, las medidas que se consideren más convenientes para el desarrollo de los arbitrajes, más aun, ante situaciones anómalas», dice el comunicado.

El Ejecutivo, advirtió a todos los firmantes del comunicado que la suspensión de las designaciones se ajusta al Reglamento, de acuerdo con lo que establece el Art. 63° (y no el 57° como erróneamente sostienen los firmantes del comunicado) dispone que «las asociaciones nacionales, clubes o miembros de clubes, no estarán autorizados a presentar ante los tribunales ordinarios los litigios que tengan con la Federación o con otras asociaciones, clubes o miembros de clubes, comprometiéndose a someter a cada uno de estos litigios a un tribunal arbitral, nombrado de común acuerdo. El Art. 62° en el apartado 2°, establece que «el Tribunal Arbitral de Fútbol es la única instancia competente para resolver toda disputa que ataña a la FIFA, confederación, asociaciones nacionales, ligas, clubes, jugadores, funcionarios (los árbitros son funcionarios de la AUF) y agentes licenciados. El Tribunal Arbitral se ocupa igualmente de litigios entre terceros y alguna de las entidades o personas mencionadas en el párrafo anterior, siempre que exista una convención de arbitraje», agrega el documento del Consejo Ejecutivo.

FIFA puede aplicar sanciones

Haciendo una interpretación totalmente diferente a la que hicieron los integrantes de Audaf que responden al liderazgo de Gustavo Méndez, el Consejo Ejecutivo, recordó a los mismos que, «el Art. 44°, en su numeral 3°, dispone que «la Comisión Disciplinaria de la FIFA puede sancionar a las asociaciones nacionales, clubes, oficiales, miembros, entrenadores o jugadores, en caso de violación por parte de éstos de los estatutos, reglamentos y prescripciones de la FIFA, en caso de violaciones de las decisiones de sus organismos o de actos contrarios al espíritu o a la libertad de las reglas de juego».

El Ejecutivo recordó que el litigio que están llevando a cabo en la órbita judicial los árbitros resulta inconveniente y perjudicial para la imagen del fútbol uruguayo, lo que motivó comunicar a los dos organismos internacionales (CSF y FIFA) las designaciones de ternas uruguayas para torneos organizados por ellos. *

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