Clubes que no se registren en el Ministerio no podrán competir
Las instituciones deportivas de todo el país que no cumplan con la obligación de la Ley. 17.292 y se registren en el Ministerio de Deporte y Juventud quedarán inhabilitadas en forma automática para competir tanto a nivel de la AUF, OFI y/o cualquier otra Federación.
El plazo para inscribirse vence el próximo 25 de julio, según lo estableció el Parlamento nacional, lo que obliga a todas las instituciones deportivas que poseen personería jurídica a concurrir a las oficinas del Ministerio de Deporte y Juventud, Soriano 946, a iniciar el trámite antes señalado.
Las instituciones del Interior del país podrán comunicarse por los mismos teléfonos y solicitar el envío de los formularios por correo.
Según información recogida por LA REPUBLICA en el propio Ministerio de Deporte y Juventud, de unas 4.000 instituciones que poseen personería jurídica, sólo se han presentado a retirar formularios y/o solicitar día y hora para presentar la documentación unas 500.
Los dirigentes podrán comunicarse por los teléfonos 901 8211 y 901 8213 para solicitar día y hora para presentar los formularios con toda la información que la secretaría de Estado exige.
Según el artículo 68 de la Ley 17.292, aquellos clubes que no se registren, quedarán excluidos de poder competir en torneos oficiales que organice una Federación o el Ministerio de Deporte y Juventud.
El trámite para inscribirse en el Registro de Clubes Deportivos es gratuito. *
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