Impugnan a las autoridades del ciclismo
Las críticas son duras para los jerarcas del MEC y particularmente para el subsecretario Felipe Michelini y al Ministerio de Turismo y Deportes. El escrito del Dr. Enrique Erramuspe, representando a Almeida, dirigente del departamento de Treinta y Tres, al cual accedió La República, solicita que se revoque la decisión del MEC y se decrete la nulidad de todo lo actuado incluso el acto eleccionario del 3 de marzo de 2007.
En caso que no se acepte esta solicitud de revocación, el dirigente Luis Almeida solicitó que se eleve el recurso de anulación ante el Poder Ejecutivo. Aún si no se diera lugar a estas posibilidades, los impugnantes recurrirán ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
El recurso de revocación y nulidad presentado por el Sr. Almeida ante la resolución Nº 33/ 09 del MEC, del 16 de enero de 2009, fue presentado ante la ministra María Simon, luego de ser notificado el pasado 30 de enero. El MEC acaba de desestimar la impugnación de las elecciones llevadas a cabo en la Federación Ciclista Uruguaya el día 3 de marzo de 2007. El candidato a presidente, Sr. Almeida había denunciado entonces «groseras irregularidades en el acto electoral» y aún, posteriormente durante la sustanciación de la impugnación en el propio MEC. La Federación Ciclista de Maldonado también había impugnado dichas elecciones. Desde aquel momento, 5 de marzo de 2007, hasta el 30 de enero de este año, «el MEC mantuvo una pasmosa pasividad para sustanciar y resolver la referida impugnación, así como mantuvo una pasmosa parcialidad hacia los intereses que le conciernen al Sr. Federico Moreira» dice el escrito del Dr. Erramuspe. Además se critican «las actitudes personales asumidas por los jerarcas del MEC, especialmente el Sr. Felipe Michelini» fundamentando «una enorme carencia en el estudio del expediente». Además de «la enorme tardanza para emitir un pronunciamiento por exclusiva culpa del MEC» desestimando la impugnación de las elecciones con argumentos que se califican como «inconsistentes», Almeida plantea que «el tema a dilucidar, más en una cuestión de corte político que netamente jurídico, resulta ser francamente reprobable».
La explicación del MEC, dada en su reciente resolución, sobre su demora «de casi 2 años sin resolver la cuestión a estudio» es atacada por lo que los impugnantes califican como «su propia inoperancia y tendenciosa parcialidad». La crítica se basa en que se emitieron tan sólo dos carillas de la resolución para desestimar la impugnación «sin hacer una sola fundamentación o alusión de cada uno de los aspectos que la motivaran». Los impugnantes califican la actitud ministerial como «una verdadera falta de respeto intelectual y un vergonzoso apartamiento del marco legal que, necesariamente, debe imperar en resoluciones de esta naturaleza». Agregan que el expediente se demoró en el Ministerio de Turismo y Deportes durante ocho meses (desde el 21 de diciembre de 2007 hasta el 7 de agosto de 2008).
ACUSACIONES CONTRA EL MEC
El resto del recurso de revocación y nulidad analiza los elementos que no se tuvieron en cuenta por el MEC, al momento del dictado de la reciente resolución. Los impugnantes afirman que «nunca se sustanció la recusación efectuada» y consideran un agravio que el subsecretario «Dr. Felipe Michelini y el Esc. Adolfo Orellano continúen interviniendo» ya que ambos fueron recusados el 21 de noviembre de 2008 por «prejuzgamiento debido a un accionar claramente tendencioso de parte de los mismos, en especial, de parte del subsecretario Felipe Michelini, quien en todo momento actuó con clara tendencia para beneficiar al Sr.[Federico] Moreira». Se cita un informe, del 12 de julio de 2007, del Esc. Walter Planells, Asesor Letrado del MEC, en el que se señala que «no se ha sustanciado el recurso de revocación y jerárquico interpuesto por el Sr. Abelardo Leal», presidente de la Federación Ciclista Uruguaya desplazado por la intervención del 23 de agosto de 2006.
El recurso de revocación y nulidad crítica también la aprobación del MEC en cuanto a lo actuado por el interventor, Dr. Gonzalo Amejeiras, lo que calificaron como «francamente desastroso».
Recuerdan que la finalidad que motivó la intervención era fundamentalmente solucionar aspectos institucionales.
Los cometidos del interventor fueron delimitados al momento de su designación, y sostienen los impugnantes que «no comprendían una actuación en torno al aspecto deportivo» ya que el propio MEC no lo estableció expresamente. Citan el mencionado informe del Esc. Planells que dice que «parecería que ello fue uno de los aspectos que más preocupó y que más trabajo y tiempo le insumió a la Intervención».
Concluyen que «el interventor no cumplió cabalmente con su tarea» ya que afirman que no «no cumplió con efectuar la reforma de estatutos ordenada por el MEC» lo que «dejó encomendado hacer a la próxima directiva» y sostienen que aún hasta el día de la fecha no ha sido aprobada». Recuerdan que una anterior intervención desplazó a autoridades del ciclismo porque no hicieron la reforma de estatutos. Incluso citan el informe del Esc. Planells en que la reforma de estatutos «fue presentada al MEC fuera del plazo establecido» por el propio ministerio. Citan a Planells cuando dice que «si el objetivo de la intervención era que el acto eleccionario se realizara conforme a la reforma estatutaria que debía aprobar el MEC, dicho cometido no se cumplió». El recurso de Erramuspe y Almeida afirma que el MEC no hace alusión alguna al incumplimiento de los cometidos del interventor: «depuración del padrón… realización conjuntamente con el Congreso de la FCU de una reforma de estatutos (no proyecto)».
CONGRESO CUESTIONADO
Sin embargo, el informe del asesor letrado del MEC, Esc. Planells también afirma que para el Congreso Extraordinario del 15 de febrero de 2007 «la intervención convoca únicamente a las Federaciones Departamentales habilitadas».
Los impugnantes afirman que la convocatoria no fue debidamente efectuada dentro del marco legal y estatutario.
Cuestionan la fecha, un jueves a las 12 horas previo al inicio de a prueba de Rutas de América que comenzó al día siguiente. Insisten en que «el Congreso fue ilegalmente convocado violándose claramente los estatutos de la FCU» ya que «no se convocó a todas las federaciones departamentales afiliadas» sino «solamente a las Federaciones que poseían personería jurídica y que el interventor entendió que podían votar.» Se cuestiona que «solamente cinco federaciones dirigen los destinos del ciclismo de todo un país» por lo que afirman «no se escuchó la voz de la mitad del país vinculado al ciclismo», lo cual no parece haber sido «el espíritu de la resolución del MEC cuando dispuso la intervención de la FCU».
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