POR DA CUNHA

El luto anterior duró apenas tres semanas

Las espantosas circunstancias que dieron marco a la muerte de Héctor Da Cunha, acuchillado delante de sus familiares, en las inmediaciones del Estadio Centenario, el 11 de marzo de 2006, dieron también lugar una pronta ­pero estéril­ determinación: la suspensión, sin plazo, de la actividad profesional.

La determinación duró apenas 21 días y, sin que mediara el diseño de soluciones de fondo que permitieran apartar de una vez y para siempre a los violentos de los espectáculos deportivos, se reanudó la actividad futbolística.

La competencia se retomó con un partido entre los clubes Nacional y Rampla Juniors, y después que la Jefatura de Policía de Montevideo difundiera un manual de buena conducta para los hinchas: «Ayúdenos a protegerlo».

Se habló entonces de un riguroso sistema de seguridad y del consiguiente esquema punitivo y sancionatorio como mecanismo de preservación de las elementales normas de convivencia que requiere un espectáculo público de cualquier naturaleza.

Las normas en vías de aplicación dijeron entonces que no se podría ingresar a la zona de exclusión parcial bajo los efectos de alcohol o sustancias estupefacientes o llevando drogas y que tampoco se permitiría el ingreso a los campos de juego con petardos, fuegos artificiales u objetos que pudieran ser utilizados para agredir.

Se recordaba además la reciente entrada en vigencia de la Ley 17.951, del 8 de enero de 2006, que define como «violencia en el deporte» a toda conducta «agresiva, de hecho o de palabra, dirigida contra el público en general, participantes o autoridades organizativas de un espectáculo, que tienda a perturbar su normal desarrollo o a incidir en el resultado por medio de la coacción física o verbal».

Particular énfasis se ponía en destacar que «quien contravenga estas disposiciones, dictadas para mantener el orden público, será detenido por la Policía y sometido a la Justicia competente».

Adicionalmente, la Jefatura recomendaba: concurrir temprano, para evitar aglomeraciones en las puertas de acceso, eludir enfrentamientos o provocaciones con las parcialidad adversarias, así como rehuir a los grupos de exaltados que generan conductas violentas.

También exhortaba a no ingresar a los campos de juego portando elementos innecesarios (maletines, bolsos o cualquier otro elemento que pudiera ser usado como proyectil), y no exhibir carteles o pancartas cuyo texto pudiera derivar en hechos de violencia, ni con banderas que por su tamaño afecten la capacidad locativa, perturben a los espectadores o dificulten el despliegue de los sistemas de seguridad.

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