DOCUMENTO. ENTRE LOS ARGUMENTOS INCLUIRAN NORMAS QUE RIGEN LOS ESPECTACULOS PUBLICOS

Nacional presentará apelación sobre el límite del plazo

La delegación tricolor se encuentra preparando el documento que presentará ante las autoridades de la Asociación Uruguaya de Fútbol haciendo sus descargos sobre el proyecto de fallo que redactó el Tribunal de Penas. Tiene tiempo hasta el próximo lunes para hacerlo.

Jueves 04 de septiembre de 2008 | 7:50
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Razones. Los delegados tricolores, fundamentalmente Pena y Balbi, preparan los descargos.

Nacional llegará sobre el filo del plazo reglamentario a presentar la apelación respecto al proyecto de fallo que presentara el Tribunal de Penas el pasado lunes, en el que otorgó, los puntos del partido que no se jugó, a Villa Española, además de imponer una sanción de índole económica a los tricolores.

Delegados y dirigentes finalizarán el documento que se encuentra en proceso de elaboración entre viernes y lunes, pues en el mismo pretenden incluir la mayor cantidad de descargos posibles, algunos referidos a la actitud de Prudente y otros de otra índole, entre los que incluirían la situación de “Las Acacias”, presentada al mismo tiempo por Peñarol y un equipo de Segunda División, y la de Villa Española, que no habría pagado en tiempo y forma sus deudas con un jugador y por ello no se debería haber fijado el partido. Los dirigentes tricolores siguen reuniendo elementos a los que aparecieron en primera instancia, entre los que estaban la voluntad de Nacional de jugar el partido, la salida de los jugadores al campo detrás del cuarto árbitro (y por tanto su presencia a la hora fijada), la demora en la manga, alegando que forma parte de la cancha, y la inconveniencia de la decisión de Prudente; a eso suman que el árbitro no se retiró por la manga -cuando los jugadores estaban dentro- y que se topó con los suplentes, que ingresan siempre detrás de los titulares. La argumentación alba incluirá la disparidad de criterios en los cotejos Peñarol- Racing y Danubio- Wanderers y, fundamentalmente, la mención a las disposiciones de la Intendencia Municipal que rigen la realización de los espectáculos públicos (el art. 2829, dice que en los espectáculos deportivos tiene que haber una tolerancia de quince minutos y que no se pueden suspender los espectáculos si no es por una causa debidamente justificada), que entienden de mayor peso que la disposición del Colegio de Arbitros.

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