Mutual denuncia que Ejecutivo violó el Estatuto del Jugador
La Comisión Directiva de la Mutual Uruguaya de Futbolers Profesionales, envió una nota al Consejo Ejecutivo, advirtiéndole que está violando el Estatuto del Jugador Uruguayo con las normas que estableció en el período de pases de la AUF.
De acuerdo a las normas aprobadas por los clubes, el período de pases para los jugadores libres vence hoy, 24 horas antes del sorteo que se realizaría mañana.
El gremio sostiene que el Ejecutivo no puede modificar el contenido del Estatuto del Jugador por su cuenta, si no tiene el consentimiento de la Mutual, de acuerdo a lo que establece el Art. 1º del citado, que establece la relación jurídica entre las partes.
El párrafo final del mismo establece que «cualquier modificación al texto de este Estatuto será determinada de común acuerdo entre la Asociación Uruguaya de Fútbol y la Mutual Uruguaya de Futbolers Profesionales. A estos efectos, la propuesta cursada por una de las partes a la otra, por nota o telegrama colacionado (TCC PC), se tendrá por aceptada y comenzará inmediatamente a regir si no fuera contestada dentro del término perentorio de 45 (cuarenta y cinco) días calendario, contados desde el día inmediato siguiente al de recibo de la propuesta».
La directiva que preside Enrique Saravia sostiene que no se cumplieron los requisitos formales para que la modificación votada en la AUF tenga vigencia reglamentaria por lo que se debe respetar íntegramente el tenor del Art. 22º que regula la actividad de los futbolistas libres.
Libres pases durante todo el año
Reafirmando la ilegitimidad de la medida, la gremial recordó al Ejecutivo que el Art. 22º dice que los jugadores libres «quedarán en libertad de acción, al finalizar cada temporada, por las siguientes causas:
a) Por haberse cumplido el término de su contrato cuando se trate de jugadores mayores de 24 años (Artículo 18 al término de la rebeldía). b) Si es mayor de 21 años al comienzo de la temporada y no registra contrato durante la misma. c) Si es menor de edad en la temporada y no juega más de 6 partidos oficiales en cualquier división, salvo lo dispuesto en el artículo 37. d) Si es menor de edad y juega más de 8 partidos en Primera División sin contrato. e) Si teniendo contrato registrado el club comunica en término hacer uso de la opción establecida en el artículo 19. f) Si se encuentra en las condiciones establecidas en el artículo 41.
Los jugadores libres quedarán en libertad de acción para enrolarse en cualquier momento en otra institución afiliada a la AUF, con el simple consentimiento de la institución para la cual soliciten transferencia. Igualmente podrán solicitar transferencia para el extranjero. Los jugadores, que no obstante tener contrato registrado no vencido queden por aplicación del Estatuto en situación de jugadores libres, deberán, en caso de preferir continuar prestando sus servicios a la Institución a la que pertenecen suscribir un nuevo contrato que estará sometido a todas las formalidades del primitivo.
Denunciaron presión de clubes
En base a esta norma, la Mutual considera que la resolución del Ejecutivo es ilegítima y respaldará a todos los jugadores libres que por la circular queden impedidos de solicitar pases a partir del vencimiento del plazo establecido por la AUF.
En la víspera, decenas de asociados del gremio que se encuentran en esta situación y fueron presionados por los clubes para firmar contrato, saturaron la central telefónica de la sede, pidiendo asesoramiento. En todos los casos les dijeron que el Art. 22º del Estatuto estaba vigente y por tanto la resolución de la AUF es nula. *
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