Clubes no pueden pagar el 25% de aumento que exige la Mutual
EL SHOW DE LA AUF
Los clubes de Primera División firmaron una nota dirigida a la Mutual Uruguaya de Futbolers Profesionales, solicitando comprensión y flexibilidad para encontrar una solución a un problema surgido por la aplicación del Art. 18° del Estatuto del Jugador, que establece un aumento del IPC (25%) de los salarios de aquellos futbolistas que tenían contrato registrado de la temporada anterior y de una vez y media del IPC (37,5%) de los que fueron retenidos a pesar de haber vencido la relación laboral.
La iniciativa surgió el pasado lunes cuando se reunieron los clubes para aprobar la extensión del contrato con Tenfield S.A. y los presidentes coincidieron en que les resultaba imposible afrontar esta obligación que forma parte del acuerdo bipartito entre la Asociación y la gremial de futbolistas.
A pesar de la pesificación de los salarios y de la rebaja producida por la devaluación del peso uruguayo frente al dólar, los clubes reconocieron que no están en condiciones financieras de pagar el aumento del 25% y/o del 37,5% y plantearon que, reconociendo la validez y legitimidad del Estatuto (forma parte del Reglamento General de la AUF como un anexo), necesitaban que la Mutual flexibilizara por vía excepcional, la aplicación de la norma que protege a los futbolistas.
Asamblea de la Mutual decidirá
Notificado de la pretensión de los clubes, el presidente de la Mutual Fernando Silva, accedió a reunirse con las autoridades del Ejecutivo de la Asociación para escuchar el planteamiento formal de los clubes respecto a la aplicación del Art. 18° del Estatuto.
El mismo establece entre otras cosas que « a partir de cada 1° de enero siguiente a la fecha de suscripción del contrato, el sueldo ganado por el jugador en el año anterior, quedará automáticamente aumentado por IPC publicado por la Dirección General de Estadística y Censo (actualmente denominado Instituto). No obstante, el club tendrá la opción para retener por una temporada más abonando, en ese caso, una vez y media más el IPC. Esta opción deberá hacerse antes del 15 de enero siguiente al vencimiento del contrato. Los clubes que participen en actividad oficial perteneciente a la temporada anterior podrán hacer esta opción en sobre cerrado que se hará público a la finalización de la actividad…»
Tratándose de un tema Estatutario, la Comisión Directiva de la Mutual, tendrá que trasladar la discusión del mismo a la Asamblea General que es el único órgano autorizado para introducir modificaciones a la norma jurídica que regula la relación laboral de los futbolistas profesionales con la AUF.
Una vez más los dirigentes trasladan a los jugadores un problema cuya génesis está en la pésima administración que ellos hacen en las instituciones y a la irresponsabilidad que exhiben muchas veces, a la hora de defender los derechos del fútbol uruguayo. *
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