Alvaro Giménez no cumplirá la sanción; será amnistiado
El futbolista Alvaro Giménez, del club Nacional, que jugó en forma antirreglamentaria la final del Campeonato Uruguayo de Tercera División y recibirá una sanción de un año, por haber violado el Art. 119°/1 del Reglamento General, no se verá perjudicado y podrá actuar desde el comienzo de la temporada 2003.
De acuerdo a los antecedentes surgidos en la propia AUF, todos los años en la primera Asamblea General Extraordinaria del período, el Consejo Juvenil de Montevideo solicita una amnistía –y la aprueban– para todos los futbolistas de 4ª a 7ª División que fueron sancionados por los Tribunales de Penas por faltas comunes.
La amnistía, que es un beneficio que sólo puede otorgar la Asamblea General, ha accedido históricamente al reclamo del Consejo Juvenil, siempre y cuando los infractores no hayan sido sancionados por faltas graves, por ejemplo: agresión a árbitros, futbolistas, técnicos, durante el desarrollo de un partido.
Teniendo en cuenta que Alvaro Giménez cometió una falta en forma involuntaria, con la complicidad y responsabilidad de los dirigentes de Nacional, la Asamblea General no va a oponerse a que su situación quede comprendida en la amnistía general que se aprueba antes del comienzo oficial de cada temporada.
Estatuto del Jugador es claro
A pesar de la responsabilidad compartida en la transgresión reglamentaria (futbolista-club), el Estatuto del Jugador reconoce y legitima todas las sanciones que pudieran corresponderle a un jugador que viola las normas en el seno de la AUF.
El Art. 26°, literal h, establece que los futbolistas están obligados a «cumplir con todas las sanciones disciplinarias de cualquier índole que reglamentariamente le fueran impuestas».
El caso Alvaro Giménez plantea la duda respecto a la formalidad que debe registrarse siempre que opere la rescisión bilateral (de mutuo acuerdo) de contrato.
Según el Estatuto del Jugador, Juventud de Las Piedras (club en el que Giménez estaba a préstamo) y el futbolista debieron comparecer en las oficinas de la AUF y en presencia del gerente general, contador Fernando Sureda, firmar la rescisión del contrato; debieron llevarse una copia Juventud, otra el jugador y una tercera, refrendada por el gerente, debía haber quedado en poder de la Administración.
El procedimiento en este caso no se realizó de acuerdo a lo que establece el Estatuto del Jugador Profesional, lo que puede servir como un atenuante a la hora de votarse la amnistía.
Resulta obvio que Alvaro Giménez fue víctima de un error que los dirigentes de Nacional (ganadores de muchas batallas políticas en la Asociación) debían haber evitado.
Esta vez perdieron y las consecuencias las tiene que pagar el jugador.*
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