Autorizan mecanismos para cambiar
Ayer se firmó un nuevo decreto para reglamentar los casos concretos de cambio de mutualista, vinculados con situaciones de pérdida de confianza de parte de los usuarios respecto de la institución a la que están afiliados, o que se cambie de domicilio. Son excepciones al corralito mutual que se abrió por primera vez en febrero de este año para los usuarios que tenían más de 10 años en su mutualista. El año que viene se repetirá la apertura durante el mismo mes, pero seguramente cambiará el requisito sobre el tiempo que los usuarios deberán estar asociados a su institución. Con el decreto de ayer, la persona que quiera cambiar de mutualista tendrá que probar con hechos concretos las razones por las que ha perdido la confianza en la institución a la que está afiliado. Otra de las excepciones contempladas se vincula con los casos de traslado de domicilio, en los que los usuarios sólo podrán solicitar el cambio de mutualista cuando realmente no pueda acceder a la cobertura en su nuevo hogar. Las personas que deban cambiarse deberán iniciar el trámite con una carta dirigida a la Junta Nacional de Salud (Junasa) en el MSP, organismo que tomará la decisión final de autorizar o no el cambio de institución sanitaria. Este decreto viene a dar forma jurídica a una serie de situaciones que de hecho ya se venían registrando en diferentes partes del país.
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