DIPUTADOS APROBARIA HOY EL PROYECTO QUE CREA EL OMBUDSMAN PENITENCIARIO

Nuestro país podrá contar con un Comisionado Carcelario

La Cámara de Representantes se dispone a aprobar en la jornada de hoy el proyecto de institución del Comisionado parlamentario para el sistema Carcelario, cuyo objetivo es asesorar al Poder Legislativo en la tarea de control del cumplimiento de la normativa vigente referida a los organismos que tienen a su cargo la administración de establecimientos carcelarios y la ejecución de las actividades tendientes a procurar la reinserción social del recluso o liberado.

En la presente jornada será analizado por el plenario de la rama baja parlamentaria la iniciativa que crea la figura del defensor carcelario y que fuera aprobada por unanimidad en el seno de la Comisión de Derechos Humanos, la cual está integrada por los diputados Alberto Scavarelli (Foro Batllista), Raúl Argenzio (Partido Nacional, independiente), Edgar Bellomo (Alianza Progresista), y Guillermo Chifflet (Partido Socialista).

El proyecto de ley, que se compone de veintisiete artículos, propone la creación de un nuevo órgano denominado Comisionado Parlamentario, inspirado principalmente en el Defensor del Pueblo español o en el «Ombudsman» o «Mediateur».

Daniel Díaz Maynard, diputado por el Encuentro Progresista Frente Amplio, presentó la propuesta original, y durante la discusión en el seno de la agrupación parlamentaria se le introdujeron ciertas modificaciones.

Entretanto, en la tarde de hoy el plenario de Diputados considerará la iniciativa, en cuya exposición de motivos se destaca que «la complejidad propia de la situación carcelaria agravada por factores derivados del incremento de la población reclusa y por la falta de establecimientos en condiciones y números adecuados, determina para el Poder Legislativo, en ejercicio de su función de contralor, y para el Poder Legislativo, responsable de la prestación de estos servicios, la existencia de un funcionario dependiente del Poder Legislativo».

El diputado Alberto Scavarelli, miembro informante del proyecto ante el plenario, considera que el comisionado, dependiente del Legislativo, «deberá contar con las atribuciones que le permitan cumplir con tan compleja responsabilidad, y habrá de significar un sustancial apoyo para el mejor desarrollo de la política carcelaria del país».

Características del Comisionado

En la iniciativa se dispone que el Comisionado Carcelario será designado por la Asamblea General, en reunión conjunta de ambas Cámaras, requiriéndose el voto conforme de los tres quintos de sus componentes.

Para su destitución se exige «notoria negligencia, la grave irregularidad en el desempeño de sus funciones o la pérdida de las condiciones morales exigidas», lo que habilita a la Asamblea General con la misma mayoría que para designarlo y en sesión pública a destituirlo, reunión en la cual el imputado podrá ejercer su defensa.

Entre las atribuciones conferidas al Comisionado Parlamentario, se destaca «la promoción del respeto de los derechos humanos de todas las personas sometidas a procedimiento judicial del que se derive su privación de libertad, la posibilidad de solicitar información de las autoridades carcelarias sobre las condiciones de vida en los establecimientos carcelarios; formular recomendaciones, recibir denuncias garantizando a partes involucradas, por cuanto deberá escuchar la opinión de éstas».

Asimismo, podrá hacer uso de la facultad de formular recomendaciones para «corregir procedimientos y asegurar el restablecimiento de los derechos lesionados; realizar inspecciones de carácter general a los establecimientos carcelarios, con el previo anuncio a la autoridad correspondiente, preparar y promover estudios para el mejor desempeño de sus funciones; pedir informes a organismos públicos, abogados defensores, organizaciones de asistencia con fines de asesoramiento y promoción».

El ombusdman carcelario deberá rendir anualmente un informe a la asamblea general, en el que analizará la gestión cumplida, las recomendaciones y sugerencias a las autoridades administrativas. Estos informes, que no podrán contener datos personales que permitan la identificación de los interesados, deberán ser publicados en el Diario Oficial.

En la propuesta se establece que el defensor podrá interponer recursos de «amparo o de hábeas corpus», cuando a su juicio hubiere mérito para ello, pudiendo formular denuncia penal cuando considere que se han cometido delitos.

«Escuela de crimen»

Por otro lado, la presidenta del Parlamento Latinoamericano (Parlatino), Beatriz Paredes, remitió días pasados una misiva al Secretario General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) Kofi Annan a través de la cual expresa su deseo de que ambos organismos logren «resultados positivos y benéficos para contribuir a la situación de uno de los más grandes problemas de violación de los derechos humanos en Latinoamérica y el Caribe, como lo son las aberrantes condiciones de prisión y detención de las cárceles».

Paredes expresa a Kofi Annan, a través de su carta, que «las coincidencias de propósitos en los estatutos de la ONU y del Parlatino en lo que respecta a velar por el respeto irrestricto de los derechos humanos nos anima a plantear la situación de los reclusos de las cárceles de los países latinoamericanos y caribeños».

«Las condiciones de prisión y detención en nuestras cárceles constituyen graves violaciones a los derechos humanos. Antes que lugares de prevención de la violencia y el delito, nuestras prisiones se han convertido en escuelas del crimen», indica Paredes.

Agrega que las características de estos sistemas de reclusión son: «El hacinamiento, la violencia, las fugas, la extorsión, la falta de higiene, de trabajo, de atención médica, alimentación adecuada, de educación, esparcimiento, de visitas comunes e íntimas, el aislamiento y la falta de comunicación».

En ese sentido, le presidenta del Parlatino considera que la situación de las cárceles de los países latinoamericanos y caribeños «contraviene de manera alarmante a la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos y a la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes de la ONU».

Si bien destaca «los esfuerzos de la ONU como en la aprobación de recomendaciones contenidas en las Reglas Mínimas sobre Medidas Preventivas de Libertad y las relacionadas con el Trato al Recluso, y el compromiso político de los Estados para hacer frente a la situación», entiende que «poco se ha avanzado». *

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