JERARCAS DEL INAME INTENTAN INTRODUCIR MODIFICACIONES AL CODIGO

Martín Marzano propuso la aplicación extraterritorial del Código de la Niñez

El pasado miércoles 24 de octubre asistieron a la comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes –en el marco de la discusión del proyecto de Código de la Niñez y la Adolescencia–, el presidente y la directora del Iname, Martín Marzano y Stella López, respectivamente.

En ese sentido, Marzano señaló su «interés» en compartir con los legisladores algunas inquietudes y manifestar su «más amplia apertura a mantener una muy buena comunicación».

Por tal motivo presentó ante la comisión legislativa un documento que contiene «ideas» sobre algunos artículos del Código y planteó posibles modificaciones a cerca de 20 artículos del proyecto.

Extraterritorialidad

El jerarca del Instituto del Menor propuso la modificación del artículo 1º del proyecto, en el cual se establece que «el Código de la Niñez y la Adolescencia es de aplicación en todo el territorio de la República, a todos los seres humanos menores de dieciocho años de edad, sean nacionales o extranjeros».

Marzano planteó agregar al artículo –según consta en la versión taquigráfica de la reunión a la cual accedió LA REPUBLICA–, que el Código «también será aplicable a todo niño o adolescente de nacionalidad uruguaya que se encuentre en el exterior de la República».

Ante el planteo de Marzano, el diputado por el Batllismo, Lista 15, Jorge Barrera, interrogó si se estaba proponiendo «aplicar la extraterritorialidad de la ley uruguaya en esta materia», a lo cual el presidente del Iname respondió afirmativamente.

De cualquier manera en la versión taquigráfica no surge la explicación de cómo un elemento jurídico uruguayo va a ser aplicado por la Justicia de otros países. En cuanto al arresto domiciliario y la internación provisoria se establece que «no podrán durar más de sesenta días. Transcurrido ese plazo sin que hubiera dictado sentencia en primera instancia se deberá dejar en libertad al adolescente». Mientras que el Iname propuso que «el arresto domiciliario y la internación provisoria no podrán durar más de treinta días», tomando en cuenta la posibilidad de que en esos sesenta días se hubiera producido algún tipo de decisión con respecto al futuro del joven internado».

El inciso cuarto del artículo 61 del Código establece que «cuando ha prescrito la acción por el hecho imputado. El plazo de prescripción será de dos años para los delitos gravísimos y un año para los delitos graves». Marzano propone la siguiente posibilidad: «Cuando ha prescrito la acción por el hecho imputado, el plazo de prescripción será de dos años cuando como consecuencia del delito pudiera recaer una media privativa de libertad y de un año para los restantes».

El artículo 13 del Código se refiere a que «los niños y adolescentes no pueden formar parte de las hostilidades en conflictos armados ni recibir preparación para ello». El Iname sugiere que «los niños y adolescentes no pueden formar parte de las hostilidades en conflictos (en términos más genéricos) ni recibir preparación para ello».

La comisión de Constitución y Código de Diputados ya aprobó el 70% del Código de la Niñez y la Adolescencia.

«Hay un libro que se llama Constitución»

Por su parte, López aclaró que como integrante del Directorio anterior del organismo tuvo «la oportunidad de presentar las modificaciones pertinentes» y consultó al diputado Barrera acerca de la posibilidad de que sean de recibo las nuevas correcciones que impulsa el presidente del Iname. Barrera indicó que constitucionalmente tiene «el derecho de solicitar lo que quiera» en el sentido de pedir cuando lo crea conveniente la comparecencia de jerarcas de la administración pública.

Añadió: «No soy quien debe dar explicaciones de por qué quiero que venga sino que tengo derecho de que venga hoy y todas las semanas».

El legislador manifestó su «total desagrado» por lo que planteó López; e indicó a la directora del Iname: «Sería interesante que supiera que hay un libro llamado Constitución de la República en el que se establecen las potestades de los legisladores». López apuntó que conoce los artículos de la Constitución y «el derecho que tiene cada uno de los diputados de solicitar la presencia en Sala y en Comisiones»; y trasmitió al legislador batllista su inquietud «acerca de si existe la posibilidad de que las modificaciones pueden ser discutidas en la misma Comisión y hacerse los aditivos correspondientes a los artículos que ya fueron aprobados». *

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