Tiene la palabra
Mar territorial y soberanía nacional
Señor Director de LA REPUBLICA
Dr. Federico Fasano Mertens
* El señor subsecretario de Defensa Nacional manifestó a la prensa que «El buque portaaviones Nimitz no entra en el mar territorial uruguayo».
Preocupa que nada menos que quien asiste a quien lleva la cartera de Defensa al señor Presidente de la República ignore cuál es la faja de mar territorial uruguayo.
«Mar territorial» significa «mar jurisdiccional», «aguas territoriales» o «aguas jurisdiccionales». Hasta donde se ha regulado la materia, Uruguay tiene una postura mundialmente extrema1 de 200 millas marinas; y el buque estadounidense pasó por allí.
Es cierto que entre la faja costera de uso exclusivo y hasta el límite frontal de las 200 millas marinas hay una amplia zona con derecho de paso inocente siempre que no perjudique la paz, el orden o la seguridad del Estado ribereño.
Circular con cargas nucleares no implica jamás derecho de paso inocente (artículo 1º de la Convención de Ginebra sobre Mar Territorial de 1958); los buques militares sólo tienen tal prebenda en los estrechos internacionales (Tribunal Internacional de Justicia, caso de buques británicos en aguas albanesas del Estrecho Corfú), que no es el caso del río más ancho del mundo.
Las que jamás cuentan con derecho de paso inocente son las aeronaves. Desde que académicamente2 se define a un «portaaviones» como buque de guerra dotado de las instalaciones necesarias para el transporte, despegue y aterrizaje de aparatos de aviación, y en la práctica se le tiene por una «isla flotante» del Estado de su pabellón, preocupa que se haya admitido que se operase como base aeromilitar móvil (fuera de toda maniobra conjunta prevista) como sí inconstitucionalmente3 lo hicieron sobre aguas uruguayas por cierto con relativa dificultad o torpeza, lo que tampoco no puede sonar tan «inocente».
La utilidad de acudir personalidades uruguayas al buque Nimitz fue muy baja. Uno de los concurrentes manifestó –adecuadamente– que el portaaviones venía de norte a sur, de su refacción en la costa atlántica, para bordear Magallanes a su emplazamiento natural en la costa pacífica, porque no podía pasar por el Canal de Panamá. Otro expresó –inventando– que iba de sur a norte, para cruzar por el Canal de Panamá hacia el Pacífico.
Dejando de lado el hecho de que tuvimos que suministrarles combustible de nuestro paupérrimo peculio a aeronaves de esa ultrapotencia, dejando de lado que le asistimos con insumos en su unilateral tiempo de guerra, sin habernos plegado constitucionalmente4 a su bando, dejando de lado que se arriesgó la vida de autoridades uruguayas para ir a «cholulear» a bordo, lo peor es que se intente justificar por un subsecretario de la específica cartera lo meridianamente injustificable.
En este tenor, los estadounidenses –por esos últimos días– quieren venir a dar cátedra de «inteligencia» en defensa nacional, cuando son ellos mismos quienes pasan de largo sin decir «agua va».
1 Decisión de la Junta de Comandantes en Jefe establecida en oficio Nº 58/EMC/97, Estado Mayor Especialista de fecha 22 de agosto de 1973.
Actuando el Instituto Geográfico Militar en combinación con el Servicio de Oceanografía, Hidrografía y Meteorología de la Armada, fijaron:
1º Area terrestre: 176.215 kmts2.
2º Area insular del Río Uruguay: 105 kmts2.
3º Area de aguas jurisdiccionales del Río Uruguay: 528 kmts2.
4º Area de aguas jurisdiccionales de la Laguna Merín: 1.031 kmts2.
5) Area de aguas jurisdiccionales del Río de la Plata: 15.240 kmts2.
6º Area de aguas jurisdiccionales del Mar Territorial: 125.057 kmts2.
Comunicado el 12 de enero de 1979, por el coronel Alberto Larroque (Dirección Nacional de Relaciones Públicas de la Presidencia de la República) a los Ministerios.
2 RAE, 21 edición, CDrom.
3 Constitución uruguaya vigente, artículo 85, ordinal 11º; es tarea que compete a la Asamblea General.
4 Constitución uruguaya vigente, artículo 168 (ordinal 16ª), con el posterior artículo (ordinal 7º).
CARLOS BARROS PONS – C.I. 1.217.199-4
Trámite de la cédula por teléfono
Sr. Director de LA REPUBLICA
Dr. Federico Fasano Mertens
* El día 3 de setiembre del corriente año, realicé una llamada al 0900 2101 con intención de solicitar hora para la renovación de la Cédula de Identidad de mi madre.
Luego de la gestión correspondiente, esperé unos minutos hasta que me confirmaran el día y la hora, pero la respuesta no llegó. La llamada se cortó.
El día 5, intenté nuevamente por el 0900 2102, solicitando trámite urgente, oportunidad en la que tuve éxito.
Pero la sorpresa fue al recibir la factura de ANTEL; allí aparece el costo de $ 120 correspondiente a la tramitación urgente, modalidad por la cual mi madre pudo renovar su documento.
Y además, un cargo de $ 300, por llamada de 10 minutos al 0900 2101.
Ante la incertidumbre respecto a qué me estaban cobrando, consulté en ANTEL. Allí la respuesta fue que la llamada estaba realizada y que no competía a ellos el reclamo, sino a la Dirección Nacional de Identificación Civil.
Personalmente asistí al referido organismo estatal, con la factura de Antel en cuestión, y la respuesta fue, para mi sorpresa, que la llamada estaba realizada a pesar de no haber concluido el trámite y que debía abonarla.
A esta altura me cuestiono la eficiencia de la Dirección Nacional de Identificación Civil y de ANTEL, pues, en alguno de tan respetables organismos debe haber un registro serio de las gestiones que el usuario concreta y por ende, debe abonar.
Dudo que sea de público conocimiento que cuando uno llama para solicitar día y hora para renovar su Cédula de Identidad, y no logra conseguirlo, igualmente deba pagar.
Tal vez pudo haber tenido lugar un «error», pues si las personas lo hacemos, cuánto más una máquina, a pesar de estarse tratando de organismos que estén dotados de tecnologías de avanzada y de darse a conocer a la población a través de los distintos medios de comunicación, las innumerables mejoras que ello permite.
Pero: ¿quién es responsable de este tipo de errores? ¿Alguien puede «escuchar» y dar una respuesta a situaciones como estas?
Una vez más, el desamparo reina en cada uno de nosotros. El Estado queda sin palabras.
Agradezco este valioso espacio que LA REPUBLICA me brinda, no sólo para dar a conocer mi malestar, sino para «alertar» a la población, pues lamentablemente en esta tierra estamos todos expuestos.
DANIELA IZZO. – C.I. 1.914.521-1
«Instituto de Consumo» de la Udelar
Señor Director de LA REPUBLICA
Dr. Federico Fasano Mertens
* Ante la consulta de si habrá un Instituto de Consumo de la Facultad de Derecho, que es una necesidad, debo decir que está propuesto y recorriendo las vías de consulta que el Consejo de la Facultad de Derecho dispuso.
Todos los institutos designados para instrumentarlo están siendo consultados. Aprovecho para recodarles que en estos días, nuestra Facultad de Derecho está embarcada en la conmemoración de los 90/165 años.
Cada día, durante dos semanas, hay un acto. Esto ha representado una multiplicación de nuestra actividad y de la actividad de todos los que están comprometidos en que esto salga bien.
Hoy se realizó la inauguración de la muestra de pintura, ayer fue una magnífica mesa redonda sobre
el edificio y su significación en el entorno urbano, en fin, la próxima semana, el miércoles, habrá una lindísima conferencia de la escritora Sylvia Lago sobre «Los escritores juristas», y en ese mismo acto se entregarán los premios del concurso de cuento-poesía y fotografía; y así sigue el programa.
Pido que el Director disponga la entrevista a alguno de los expositores.
El martes 9, la Cámara de Representantes realizó una Sesión Extraordinaria, y se escucharon exposiciones conceptuales magníficas por parte de los legisladores. El texto de estas exposiciones será enviado al diario y a la 1410 AM LIBRE, que tiene muy buenos programas.
TERESA GNAZZO – DECANA DE LA FACULTAD DE DERECHO – [email protected]
Réplica de Tafernaberry
Señor Director de LA REPUBLICA
Dr. Federico Fasano Mertens
* Le escribo en relación a la nota publicada en el diario de su dirección en el sector Política, el día 4 de agosto del corriente, en dos páginas completas, con profusión de títulos, relativo a un largo proceso judicial.
La referida nota, que no tiene autoría visible, por lo cual es su responsabilidad como Director, aunque su propio contenido está señalando quien la realizó, no es más que una serie interminable de falsedades, tergiversaciones y ocultamientos que produce un gravísimo daño no sólo a personas sino a instituciones a las que es deber de todos defender. Su autora, al tener que recurrir a ellas sólo puede despertar un sentimiento de lástima.
Como abogado sé que puedo recurrir a la ley y a la Justicia para, incluso, obligar a su diario a publicar la rectificación en el mismo espacio e idéntico destaque que el artículo en cuestión, pero, por suerte, tuve maestros de la talla del doctor Couture, de quien aprendí que «Hay en el mundo tantas cosas más maravillosas que no son ley, ni autoridad, ni justicia» por lo que sé que la presente será publicada y que cumplirá con su finalidad. Si usted no se atreve a divulgarla me obligará simplemente a darle otro tipo de difusión.
Dicha finalidad no es desmentir ni probar absolutamente nada, lo que sería entrar en el juego de mi pobre colega, la verdad jurídica saldrá de los juicios que mi antiguo cliente ha iniciado con su nuevo profesional, el excelente doctor Javier Vaz, trámite Penal contra quienes intervinieron en el sonado caso (Ficha P 100/01), juicio contra el Estado por la suma de $ 297.804.oo (Ficha 216/01) ambos en el Juzgado Letrado de Río Branco, solicitud de investigación administrativa a la Suprema Corte de Justicia y a la Policía Técnica por la actuación de sus funcionarios y no será distinta a la que ha surgido de más de una docena de juicios tramitados ante los juzgados letrados de Río Branco, de 3º y 4º Turno de Melo, varios tribunales de apelaciones en lo Civil y de la propia Suprema Corte de Justicia y de todas las sentencias allí dictadas. El «humilde productor rural del paraje Bañado de Pajas» falsificó una guía de tránsito de ganado para no hacer frente a una obligación pecuniaria y, asustado, consultó a la doctora Ferrando y a la doctora Godoni, quienes lo pusieron en relación con autotitulados peritos calígrafos, documentólogos, etc. Y entre todos, inventaron la historia del «l» más famoso de la historia forense pero, gastando tres o cuatro veces más que lo que debía e involucrando en su asunto a su hermano y a su madre en sus deudas.
Dicha finalidad no es otra que ofrecer, a quienes entiendo se lo merecen, toda la verdad y su demostración documentada, a mi antiguo profesor de Técnica Forense, doctor Véscovi, utilizado maliciosamente en una opinión referida a la procedencia o no de una medida cautelar, a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, muchos de los cuales me conocen, a los miembros de los tribunales de apelaciones, a los jueces y fiscales denunciados, al doctor Pedro Achard en su calidad de perito, a la apreciada doctora Balbela de Delgue y al propio fiscal de Corte. Sé que a quienes me conocen bastará mi palabra. Vivo en Santa Ana, mi teléfono es 0378-9636 y estoy dispuesto a ir al lugar que se me indique con toda la documentación en mi poder.
Al «divertido» Señor Presidente Batlle debo aclararle que mi excliente no es «funcionario aduanero», como maliciosamente se expresa en dicho artículo, creo que para aprovechar su lucha contra tales funcionarios basada, dicha lucha, en el olvido de una vieja copla española que aprendí de quién ingresó con él a la Facultad de Derecho, concurrió todos los días durante 44 años, no recibió título de abogado ni de escribano, sino, el mucho más importante: el de Don: «Llegaron los sarracenos y nos molieron a todos a palos porque Dios aún no ha aprendido a distinguir los buenos de los malos».
Esperando la publicación de la presente y reservándome el derecho a su difusión lo saluda,
HUMBERTO TAFERNABERRY CASAN – EX ABOGADO ARTESANAL Y ACTUAL PESCADOR Y QUINTERO ARTESANAL
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